Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos dirigidos por nuevos realizadores y para obras de decidido contenido artístico y cultural.
Código de ayuda:
S17328/04Norma:
Resolución CLT/1724/2004, de 8 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/07/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos dirigidos por nuevos realizadores y para obras de decidido contenido artístico y cultural.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones es de 120.000 euros por proyecto.En el caso de largometrajes que se realicen en régimen de coproducción, se distribuirá el importe de la ayuda entre las empresas coproductoras que opten a subvención en función de su porcentaje de participación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas de producción cinematográfica independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o establecidas en un estado miembro de la Unión Europea con sede permanente en Cataluña.Se entenderá por productor independiente aquella persona física o jurídica que no sea objeto de influencia dominante por parte de las entidades de radiodifusión televisiva por razones de propiedad, participación financiera o de las normas que las rigen.
Se entenderá que existe una influencia dominante, directa o indirecta, por razones de propiedad o participación financiera, cuando las entidades de televisión tengan más del 50 por 100 del capital suscrito en la empresa productora, dispongan de la mayoría de los votos correspondientes a las participaciones emitidas por la misma, o puedan designar a más de la mitad de los órganos de administración o dirección.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La producción de largometrajes cinematográficos dirigidos por nuevos realizadores y para obras de decidido contenido artístico y cultural que deberán estrenarse en versión catalana, exclusivamente o no.Se entiende por nuevo realizador aquel que a lo largo de su vida profesional haya dirigido dos largometrajes como máximo, clasificados para su exhibición en salas públicas.
En relación con las obras de decidido contenido artístico y cultural se tienen en cuenta los proyectos que, por sus especiales características o eminente carácter cultural, puedan quedar perjudicadas por el sistema de subvención automática.
Requisitos:
Para poder optar a la subvención se deberán cumplir los siguientes:a) Encargarse de la producción ejecutiva del proyecto.
b) Incorporar al rodaje, en régimen de prácticas por alguna de las especialidades de guión, producción, dirección, fotografía o montaje, a alumnos o graduados de centros de estudios audiovisuales reglados o universitarios de enseñanza audiovisual.
c) Un mínimo del 50% del gasto en la producción y postproducción de la participación catalana en la película deberá corresponder a trabajos efectuados por personas físicas o jurídicas domiciliadas o con sede permanente en Cataluña.
Documentos asociados
Boletín:
18/06/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4157
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4157
Documento: Convocatoria Descargar Documento