Subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
Código de ayuda:
S11382/26Norma:
ORDEN de 5 de junio de 2023. Resolución de 7 de abril de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de mayo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad, para el año 2026 reguladas en el capítulo I (disposiciones generales) y en el capítulo II de la Orden de 5 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental graveCategorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Discapacidad / Personas con discapacidad
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Consejería de Salud y Servicios Sociales (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención podrá alcanzar el 100 % del coste total de realización de las actividades subvencionables.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiarias los Ayuntamientos y las entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) Residencias de Apoyo Extenso o Generalizado.B) Residencias de Apoyo Intermitente o Limitado.
C) Viviendas Tuteladas.
Requisitos:
a) Disponer de la acreditación MADEX, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).b) Venir prestando servicios con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 151/2006, de 31 de julio, siempre que las plazas atendidas sean las derivadas por el SEPAD.
Documentos asociados
Boletín:
16/04/0226
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 72
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
08/06/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 109
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
16/04/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 72
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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