Subvenciones para la participación en la presentación de producto a Singapur, Japón y Taiwán 2018.- Segunda Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S22900/18

Norma:

Orden 58/2017, de 20 de marzo. Resolución de 27/04/2018. Resolución de 30/05/2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de junio de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en la “presentación de producto a Singapur, Japón y Taiwán 2018” que se celebrará el 15, 17 y 19 de octubre de 2018 respectivamente en Singapur, Tokio y Taipéi.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Instituto de Promoción Exterior (IPEX) (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Costes de participación en el evento 2.150,00 euros.

Viaje de una persona (hotel/es y billete de avión) 1.200,00 euros.

Transporte de muestras 750,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

La convocatoria va dirigida a empresas de los sectores de alimentación y bebidas, que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha.

Requisitos:

a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.

e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

g) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, a excepción de los regímenes de ayudas destinados a reparar los perjuicios causados por determinados desastres naturales.

h) No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (artículo 2.2, puntos 20 y 24 de la Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

i) No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar para la que se solicita la ayuda, dentro del Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de la ayuda, ni tener planes concretos de hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de las inversiones que se vayan a subvencionar.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 10/05/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 91
Documento: Convocatoria 2018 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 06/06/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 110
Documento: Segunda Convocatoria 2018 (Completo) Descargar Documento