Subvenciones para la participación en la acción: Accede al mercado Argelia, al amparo de la Orden 152/2022, de 29 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de internacionalización convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S30128/25Norma:
Resolución de 22/10/2025. Orden 152/2022, de 29 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 17 de noviembre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 2.890 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en la acción Accede al mercado Argelia, que se realizará del 21 de noviembre de 2025 al 16 de febrero de 2026.Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Castilla-La ManchaConvoca:
Instituto de Promoción Exterior (IPEX) (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Coste máximo subvencionable: 2.890€% Ayuda: 65%
Ayuda IPEX: 1.878,50€
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria las empresas; las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); los clústeres; las cooperativas; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actividades subvencionables, excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. Podrán ser beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como sus asociaciones y fundaciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Consultoría y Asistencia técnica para la participación en la acción.Requisitos:
a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
d) No ser receptor de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha durante el plazo de dos años desde el cese.
e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
f) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.
g) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
h) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarada una ayuda ilegal e incompatible con el mercador interior, a excepción de los regímenes de ayudas destinados a reparar los perjuicios causados por determinados desastres naturales.
i) No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.
j) No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por lleva a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente
Documentos asociados
Boletín:
05/08/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 150
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28/10/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 208
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