Subvenciones para la participacion en Programas de Integracion Social del Sistema Publico de Servicios Sociales.- Convocatoria 2012.- Corrección.

Código de ayuda:

S29019/12

Norma:

Orden de 19/07/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria para el año 2012 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de programas y proyectos en materia de integración social.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima a conceder por resolución para el ejercicio 2012, tendrá un límite máximo de 1.000.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Municipios.

b) Mancomunidades de municipios.

c) Agrupaciones de Municipios.

d) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas.

e) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social.

f) Asociaciones Promotoras de Empresas de Inserción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas/proyectos de integración social dirigidos a población en situación de vulnerabilidad o exclusión social cuyos objetivos sean facilitar los procesos de integración social de estas personas y sus familias:

1º Actuaciones instrumentales de capacitación personal y social.

2º Acompañamiento e intermediación laboral de personas en itinerario de inclusión.

3º Promoción de empresas de inserción cuyo objeto sea la inserción sociolaboral, facilitando apoyos personales en espacios individuales y/o grupales para mejora de competencias básicas; apoyo psicológico, jurídico, residencial, asesoramiento social y el seguimiento una vez conseguida la inserción laboral con carácter estable hasta la retirada total de apoyos.

4º Otras acciones que faciliten la puesta en marcha de programas y proyectos y la atención a necesidades de integración social de personas o colectivos.

b) Programas/proyectos de atención a personas sin hogar, transeúntes y sin techo:

1º Centros de Baja Exigencia.

2º Centros de Atención Integral.

3º Centros de Inserción.

4º Centros de Mínimos.

5º Piso de Autonomía.

6º Otros que promuevan la integración social de las personas transeúntes y sin hogar, siempre y cuando exista un diagnóstico previo de los servicios sociales de atención primaria y/o informe favorable de la Consejería o los Servicios Periféricos en su caso.

c) Programas/proyectos de integración social de población inmigrante, cuyo objeto sea facilitar la integración social de personas y familias inmigrantes mediante el desarrollo y promoción de medidas adaptadas y complementarias a los recursos sociales generales:

1º Casas de Acogida Temporal.

2º Sistema de refuerzo ante situaciones de emergencia social.

3º Acompañamiento para el acceso a la vivienda.

4º Intermediación lingüística.

5º Centros de acogida humanitaria.

6º Prevención del conflicto social.

7º Otros proyectos que promuevan la integración social del colectivo inmigrante, siempre y cuando exista un diagnóstico previo de los servicios sociales de atención primaria y/o informe favorable de la Consejería o de los Servicios Periféricos en su caso.

d) Programas/proyectos de intervención social en puntos, zonas o barrios desfavorecidos en municipios de Castilla-La Mancha, cuyo objetivo sea detener los procesos de segregación y marginalidad de estos barrios:
1º Intervención de carácter integral en puntos, zonas o barrios desfavorecidos.

2º Intervención con grupos de población en situación de vulnerabilidad e inadaptación social.

Requisitos:

1. Las entidades no lucrativas y las organizaciones privadas de iniciativa social que concurran a la presente convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos sin perjuicio de las excepciones que, en su caso, se deriven de la propia naturaleza de la entidad solicitante:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 53/1999, de 11 de mayo, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 3/1994, de 3 de noviembre, de Protección de los Usuarios de Entidades, Centros y Servicios Sociales.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la mencionada Ley General de Subvenciones o la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

e) Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. No obstante la Consejería podrá exceptuar este requisito de forma motivada y previo informe justificativo de la Dirección General competente en materia de Integración Social, En el caso de entidades que llevan a cabo programas y proyectos que permitan responder a las necesidades específicas de personas en las que confluyen situaciones de pobreza, marginación y dificultad social para el acceso a determinados bienes y servicios. en razón al interés por razón del objeto y finalidad de la subvención, o de la actividad o el servicio subvencionado.

f) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad.

g) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones.

2. Las entidades públicas que concurran a la presente convocatoria deberán cumplir los requisitos previstos en los apartados c), d) y g) del apartado anterior.

3. Las Asociaciones Promotoras de Empresas de Inserción deberán estar inscritas en el registro administrativo para la calificación de Empresas de Inserción de Castilla-La Mancha y deberán cumplir los requisitos previstos en los apartados b), c), d) y g) del apartado 1.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 148
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/08/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 159
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento