Subvenciones para la organizacion y digitalizacion de archivos no publicos.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S42673/14

Norma:

ORDEN de 23 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación y convocatoria para el ejercicio 2014 del régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de programas tanto en documentos de archivo como en fondos de archivo y colecciones de documentos, siendo todos ellos de carácter no público e integrantes del Patrimonio Documental del Pueblo Vasco.

Categorías Subvención

  • Otras

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La subvención en cada caso podrá cubrir el total o un porcentaje del importe (impuestos excluidos) de los gastos de ejecución del presupuesto aprobado de cada programa presentado, pudiéndose imputar aquélla a partidas concretas de cada programa.

2.– En ningún caso la subvención por cada programa presentado podrá superar la cantidad de veinte mil (20.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas no públicas que, independientemente de la ubicación geográfica tanto de su domicilio social como fiscal, sean titulares de documentos de archivo, fondos de archivo y colecciones de documentos integrantes del Patrimonio Documental del Pueblo Vasco, de conformidad a lo establecido en el artículo 55 de la Ley 7/1990, de 3 de julio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La organización de fondos de archivo históricos y/o la mejora de su tratamiento archivístico.

b) La digitalización de fondos de archivo que estén previamente organizados y descritos en una base de datos. Los proyectos deberán incluir la creación de un archivo digital de conservación permanente y la creación de una copia digital para su difusión en la página web del Sistema de Archivos de Euskadi. Los proyectos presentados se sujetarán a las prescripciones técnicas que figuran en el anexo A) de la presente Orden.

c) Los programas objeto de la subvención deberán realizarse en el año natural, desde el 1 de enero al 31 de diciembre.

Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones objeto de convocatoria por la presente Orden las personas que se encuentren sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo ni las sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 26/08/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 160
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento