Subvenciones para la organización de festivales, ciclos, concursos y certámenes de las áreas culturalesde Audiovisuales, Teatro, Danza y Música, y se efectúa la convocatoria para el año 2006.
Código de ayuda:
S39282/06Norma:
ORDEN de 4 de octubre de 2006. RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/11/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Orden es la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones duranteel ejercicio 2006 a la organización de Festivales, Ciclos, Concursos y Certámenes en las áreas culturales de
Audiovisuales, Teatro, Danza y Música que presenten un elevado grado de especialización y sean de especial interés para el panorama cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El total de la cantidad con la que se subvencionen los programas o actividades al amparo de la presenteOrden no superará el 50% del total del presupuesto presentado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Personas jurídicas, públicas o privadas, realicen actividades o programas en las áreas culturales a las que se refiere la Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La organización de Festivales, Ciclos, Concursos y Certámenes en las áreas culturales de Audiovisuales, Teatro, Danza y Música que presenten un elevado grado de especialización y sean de especial interés para el panorama cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi.Requisitos:
Las actividades subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Independientemente del origen de la entidad organizadora, los programas o actividades se desarrollarán
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2006.
b) El programa o actividad presentado para ser subvencionado será económicamente viable, acreditando dicha viabilidad por medio de la presentación de un presupuesto equilibrado, es decir, en el que las cantidades de gastos e ingresos sean equivalentes, y que respete los límites a la financiación establecidos en el artículo 7 de la presente Orden.
Documentos asociados
Boletín:
18/10/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 199 ZK
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 199 ZK
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín:
31/01/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 22
Documento: Modificación Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 22
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