Subvenciones para la organización de competiciones deportivas de alto nivel en el año 2026.
Código de ayuda:
S22373/26Norma:
ORDEN de 7 de julio de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 18 de septiembre de 2026Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden convoca y establece el régimen de concesión de subvenciones para la organización de competiciones deportivas de alto nivel que se realicen o se inicien en el año 2026 en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
País VascoConvoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Dotación total de la convocatoria: 300.000 €.Importe máximo por actividad: 20.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades deportivas
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Federaciones deportivas.Clubes deportivos.
Agrupaciones deportivas.
Sociedades mercantiles con objeto deportivo.
Otras entidades con personalidad jurídica que organicen actividades deportivas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Deberán estar incluidas en el calendario oficial de una Federación Internacional, Federación Europea o Liga Profesional de carácter internacional.b) En el caso de competiciones de ámbito mundial, deberán participar deportistas de dos o más continentes.
c) En todas las competiciones deberá existir una participación de deportistas de dos o más países.
d) En el caso de competiciones con formato de circuito o liga, deberán organizarse en dos o más países diferentes.
e) En relación con la modalidad deportiva de tenis, se considerará objeto de subvención la organización de competiciones deportivas incluidas en el calendario oficial de la Federación Europea, de la Asociación de Tenistas Profesionales (ATP) y de la Federación Internacional de Deporte Adaptado.
f) En relación con la modalidad deportiva de surf, se considerará objeto de subvención la organización de competiciones deportivas incluidas en el calendario oficial de la Asociación Internacional, de la Federación Europea y de la Asociación de Surfistas Profesionales (ASP).
g) En relación con la modalidad deportiva de boxeo, se considerará objeto de subvención la organización de competiciones deportivas de alto nivel en las que se pueda obtener un título oficial internacional.
Requisitos:
a) Las federaciones deportivas, los clubes deportivos, las agrupaciones deportivas y las sociedades mercantiles que tengan objeto deportivo, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.b) Otras entidades con personalidad jurídica no previstas en el apartado anterior, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, que periódica o esporádicamente organicen actividades concernientes a modalidades deportivas.
Documentos asociados
Boletín:
18/08/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 156
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 156
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