Subvenciones para la organización de actividades para la formación en el ámbito de la actividad física y del deporte.

Código de ayuda:

S15537/04

Norma:

Orden de 8 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones para entidades que organicen actividades formativas en la Comunidad Valenciana, dentro del ámbito de la actividad física y del deporte, a lo largo del año 2004.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Apartado A:
- Para los Cursos de entrenadores para una única modalidad deportiva: se podrá percibir una ayuda por curso de un mínimo de 600 euros.
- Para los Cursos de entrenadores de programación conjunta con otra y otras federaciones deportivas: se podrá recibir una subvención mínima de 1.200 euros.

En cualquier caso, por la totalidad de cursos que organice cada entidad beneficiaria podrá recibir hasta un importe máximo de 6.000 euros.

Apartado B:
Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

- Las federaciones deportivas de la Comunidad Valenciana inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana.
- Las universidades, federaciones deportivas, entes locales o ayuntamientos de la Comunidad Valenciana, y otras entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Ayudas para federaciones deportivas de la Comunidad Valenciana que organicen cursos dirigidos a titular técnicos deportivos o diplomar entrenadores deportivos en las diferentes modalidades deportivas.
La organización de cursos de formación conducentes a titular y diplomar técnicos y entrenadores en las correspondientes modalidades deportivas, y en alguno de los siguientes tipos:
a) Cursos de entrenadores para una única modalidad deportiva.
b) Cursos de entrenadores de programación conjunta con otra y otras federaciones deportivas, reservando en el bloque común de estas enseñanzas al menos 25 plazas para alumnos de las mismas, contando para esta admisión con el visto bueno de la Secretaría Autonómica de Deporte.
Los gastos a los que se podrán destinar las subvenciones serán:
. Honorarios del profesorado.
. Gastos de material didáctico
. Gastos de organización y gestión de la actividad (máximo el 10% del balance final de la actividad).

B) Ayudas para entidades que organicen actividades de formación de postgrado y formación permanente en el ámbito de la actividad física y del deporte con carácter extraordinario, tales como masters, congresos, jornadas, etc. en la Comunidad Valenciana.
. Área de rendimiento deportivo. Considerando dentro de la misma las referentes a los ámbitos propios del entrenamiento en una o varias modalidades deportivas reconocidas oficialmente y a aquellas ciencias auxiliares relacionadas como la medicina, fisiología o la biomecánica y otras que puedan considerarse como tales.
. Área de la gestión deportiva. Considerando dentro la misma las dirigida a la gestión y dirección de entidades, programas o instalaciones deportivos.
. Las actividades de formación de postgrado, master universitario, etc. que convoquen las universidades de la Comunidad Valenciana siempre que se programen con una carga lectiva superior a los cuatro créditos.

Requisitos:

- Podrán solicitar las ayudas las federaciones deportivas de la Comunidad Valenciana inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana, que programen cursos de técnicos deportivos y entrenadores durante el 2004, y que tengan su inicio con anterioridad al día 15 de octubre del mismo.
- En el caso de que la federación solicitante tenga programado el bloque común conjunto con otra federación deportiva, deberá hacer constar esta circunstancia.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4766
Documento: Convocatoria Descargar Documento