Subvenciones para la obtención del Diploma de Estudios Avanzados.

Código de ayuda:

S45546/05

Norma:

Orden de 6 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar las subvenciones para la obtención del Diploma de Estudios Avanzados, de acuerdo con las bases reguladoras de esta línea de ayuda establecidas en el Decreto 119/2005.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los titulados superiores de nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, o extranjeros residentes en España en el momento de solicitar la ayuda, que se matriculen en los cursos de doctorado de las
instituciones académicas del Sistema Universitario de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Esta subvención está destinada a sufragar los gastos de matrícula en estudios de doctorado, durante los dos primeros cursos de los estudios de tercer ciclo, correspondientes al período docente y período investigador y conducentes a la obtención del Diploma de Estudios Avanzados.
El número máximo de créditos cubiertos será de 20 durante el período docente y 12 durante el período investigador.

Requisitos:

a) Estar en posesión, de acuerdo con el Real Decreto 1496/ 1987, de 6 de noviembre sobre la obtención, expedición y homologación de títulos universitarios del título de licenciado, ingeniero o arquitecto expedido por una Facultad o Escuela
Técnica o Politécnica superiores. En aquellos casos en los que los títulos de licenciado o nivel equivalente se hayan obtenido en Universidades u otros centros de enseñanza superior extranjeros, tendrán que estar homologados o reconocidos.

A estos efectos se considerará reconocido el título, cuando el solicitante acredite que ha sido admitido en estudios de doctorado de las instituciones académicas del Sistema Universitario de Aragón.
b) Haber finalizado sus estudios en junio de 2004 o posteriormente, excepto en los siguientes supuestos:
—Para los solicitantes que estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR), química (QUIR) o similar, la fecha de finalización de estudios ha de ser junio de 2000 o posterior.
—Las personas que acrediten haberse dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de cinco años, haber colaborado con una O.N.G. a tiempo completo, o haber trabajado entre junio de 2000 y junio de 2004, podrán ampliar el plazo en un periodo igual al dedicado a la citada labor, contando dicho periodo desde la fecha de finalización de los estudios.
c) Iniciar los estudios de doctorado en el curso 2005-2006, para lo cual deberá ser admitido en un programa de doctorado de la Universidad de Zaragoza durante el citado curso.
d) No ser beneficiario, ni haber disfrutado anteriormente, de otras becas o ayudas que cubran los gastos de matrícula de
cursos de doctorado.

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en el punto 1 como beneficiarios.

Para obtener la condición de beneficiario, no será preciso cumplir la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, sin perjuicio de lo establecido en el apartado decimotercero.

Documentos asociados

Boletín: 09/09/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 108
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento