Subvenciones para la investigación científica en materia sanitaria.

Código de ayuda:

S14491/04

Norma:

Resolución de 23 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La investigación científica en materia sanitaria, para el ejercicio 2004.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Salud y Consumo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas sin finalidad de lucro, y entes públicos, con domicilio social radicado en las Illes Balears, para realizar las actuaciones en el ámbito geográfico de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes actividades:
1. Proyectos de investigación en materias relacionadas con la salud.
2. El apoyo y la promoción de actos científicos que se desarrollen en las Illes Balears y que tengan por objeto el intercambio de conocimientos y experiencias en las áreas de la política sanitaria, la gestión sanitaria y las diferentes disciplinas de las ciencias de la salud.
3. Líneas o proyectos de investigación, de forma especial aquellas que tienen relación con los problemas de salud más prevalentes en nuestra comunidad, y específicamente, ayudas para tesis doctorales.
4. Proyectos de estudio sobre las enfermedades poco frecuentes como la fibromialgia, esquizofrenia, porfirias, etc.

Los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionadas con la efectiva realización de la actividad:
a) Gastos de personal debidos a la imputación de costes de personal, ajeno al equipo de investigación y a la plantilla de los organismos en los que los investigadores estén integrados, siempre que sea necesario para la realización de la actividad.
b) Gastos correspondientes a material fungible.
c) Gastos correspondientes a viajes y dietas.
d) Otros gastos complementarios relacionados con la ejecución de la actividad.

Requisitos:

Los proyectos de investigación se podrán realizar individualmente o en equipo. En el caso de que se realicen en equipo, sus integrantes deberán designar a la persona que se haga responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Resolución.

Documentos asociados

Boletín: 25/05/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Convocatoria Descargar Documento