Subvenciones para la inversion en activos fijos en centros especiales de empleo.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S25373/11

Norma:

Resolución de 11 de abril de 2011. Resolución de 1 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a empresas o entidades calificadas como Centros Especiales de Empleo radicadas en Asturias para la realización de inversiones en activos fijos en algunos de los siguientes proyectos:

a) Construcción, instalación o ampliación de establecimiento.

b) Adaptación de instalaciones.

c) Adquisición o adaptación de equipo o programas informáticos destinados a los trabajadores con discapacidad, incluidas las instalaciones tecnológicas adaptadas o de ayuda.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará como máximo el 40% de la inversión que se considere incentivable con el límite de 250.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

- Podrán solicitar estas subvenciones aquellas empresas o entidades calificadas como Centros Especiales de Empleo que en la fecha de solicitud se encuentren inscritos y calificados como tales en el Registro Oficial correspondiente y que radiquen y desarrollen su labor en Asturias.

- Asimismo podrán solicitar estas subvenciones aquellas entidades que, habiendo solicitado su calificación e inscripción como centros especiales de empleo, no hubieran obtenido aun resolución firme al respecto, si bien el abono de subvención, en caso de su concesión, quedaría condicionado a la obtención de su calificación e inscripción como tales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Se consideran subvencionables los activos materiales consistentes en terrenos, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos. En el sector del transporte, no serán subvencionables los medios y equipos de transporte de mercancías por carretera y el transporte aéreo.

- Se consideran asimismo subvencionables los activos inmateriales consistentes en transferencia de tecnología en forma de adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados, y que reúnan los requisitos de ser explotados exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda, ser considerado elemento del activo amortizable, ser adquirido a un tercero en condiciones de mercado y figurar en el activo de la empresa.

La inversión incentivable se calculará de acuerdo con los criterios establecidos a continuación:

• Variable A: Compromiso de mantenimiento del activo y la actividad en años (entre cinco y diez).

• Variable B: Plazo de amortización del activo fijo en años (mínimo cinco).

• Variable C: Ax100:B.

• Variable D: Inversión bruta subvencionable.

• Total inversión incentivable: C% de D.

Documentos asociados

Boletín: 06/11/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 258
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/05/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 100
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento