Subvenciones para la innovacion, consolidacion y estabilidad de organizaciones no gubernamentales de desarrollo con sede social o delegacion permanente en Cantabria.

Código de ayuda:

S04700/09

Norma:

Orden EMP/12/2009 de 13 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar subvenciones para la innovación, consolidación y estabilidad de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) con sede social o delegación permanente en Cantabria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas asciende a la cantidad de 40.000 euros con cargo
a la aplicación presupuestaria 03.06.143 A. 483.01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009. Su aprobación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales para 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las ONGD que cumplan los requisitos previstos en el artículo 29.2 de la Ley de Cantabria, 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Estudios de viabilidad, fortalecimiento de la organización, mejora de la calidad y otros de naturaleza análoga, incluyendo los gastos de contratación de personal experto correspondientes a salario, costes de seguridad social y otros.

b) Gastos de formación técnica de personal, socios/as y de voluntarios/as a través de la realización del Master Iberoamericano en Cooperación Internacional y Desarrollo, experto en Cooperación al desarrollo o alguno de los módulos impartido por la Cátedra de Cooperación Internacional y con Iberoamérica de la Universidad de Cantabria

c) Campañas de captación de socios/as y voluntarios/ as.

d) Alquiler del local de la entidad

e) Adquisición de material fungible, como material de oficina consumible, libros, material informático no inventariable.

f) Comunicaciones: Servicios telefónicos incluidos Internet, servicios postales y telegráficos.

Requisitos:

a) Contar con voluntariado cualquiera que sea su forma jurídica.

b) No estar incurso en cualquiera de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 15
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento