Subvenciones para la innovacion, consolidacion y estabilidad de organizaciones no gubernamentales de desarrollo con domicilio social en Cantabria.

Código de ayuda:

S61000/07

Norma:

Orden EMP/8/2007, de 21 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para la innovación, consolidación y estabilidad de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) con sede en la Comunidad Autónoma de Cantabria.


Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de dichas ayudas las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, con sede o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Cantabria que posean como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la cooperación internacional al desarrollo, y el fomento de la solidaridad entre pueblos.

También podrán acceder a las subvenciones los proyectos de actividades presentados por varias ONGD agrupadas. En dicho caso, cada una de las ONGD deberá cumplir los requisitos señalados. Las Organizaciones asociadas asumen la responsabilidad solidaria del proyecto y designarán un responsable y
dirección única a efectos de las notificaciones administrativas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Estudios de viabilidad, fortalecimiento de la organización, mejora de la calidad y otros de naturaleza análoga, incluyendo los gastos de contratación de personal experto correspondientes a salario, costes de Seguridad Social y otros.
b) Gastos de formación técnica de personal, socios/as y de voluntarios/as a través de la realización del master Iberoamericano en Cooperación Internacional y Desarrollo o experto en Cooperación al Desarrollo impartido por la Cátedra de Cooperación Internacional y con Iberoamérica de la Universidad de Cantabria.
c) Campañas de captación de socios/as y voluntarios/as.
d) Alquiler del local de la entidad.
e) Adquisición de material fungible, como material de oficina consumible, libros, material informático no inventariable.
f) Comunicaciones: servicios telefónicos incluidos Internet, servicios postales y telegráfico.

Requisitos:

Las ONGD solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones, con al menos un año de antigüedad a la
fecha de publicación de la presente convocatoria.
b) Carecer de ánimo de lucro.
c) Tener como objeto expreso en sus Estatutos, la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
d) Tener su sede o delegación permanente en Cantabria. Solo se considerará que existe delegación permanente a los efectos de esta Orden cuando la ONGD disponga de medios personales y materiales radicados permanentemente en Cantabria y la delegación figure en sus Estatutos o haya sido creada por acuerdo expreso de los órganos directivos de la ONGD, en cuyo caso deberá figurar inscrita en el correspondiente registro público con carácter previo a la fecha de la presente convocatoria de
subvención.
e) No estar inhabilitadas, administrativa o judicialmente, para obtener ayudas,
f) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, sociales y fiscales, y no estar incursas en ningún procedimiento de reintegro o sancionador con el Gobierno de Cantabria.
g) Haber justificado, en su caso, las ayudas recibidas por parte del Gobierno de Cantabria para proyectos de cooperación al desarrollo subvencionados con anterioridad y cuyo plazo de justificación haya finalizado en el momento de publicación de esta convocatoria. Así mismo es necesario haber efectuado el correspondiente ingreso en los casos en los que recayera resolución administrativa o judicial de reintegro.
h) Contar con voluntariado cualquiera que sea su forma jurídica.

Documentos asociados

Boletín: 03/09/2007
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 171
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento