Subvenciones para la implantacion y difusion de la sociedad de la informacion y de la sociedad del conocimiento dirigidas a comarcas aragonesas.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S15764/15

Norma:

ORDEN de 23 de marzo de 2015. Decreto 193/2014, de 18 de noviembre. Decreto 222/2014, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 7 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para 2015 las subvenciones para la implantación y difusión de la sociedad de la información y de la sociedad del conocimiento, de acuerdo con las bases reguladoras de estas líneas de ayuda establecidas en el Decreto 148/2013, de 10 de septiembre, del Gobierno de Aragón modificado por el Decreto 193/2014, de 18 de noviembre y el Decreto 222/2014, de 23 de diciembre.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Industria e Innovación (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar podrá ser de hasta un 80% de los gastos subvencionables, con una cuantía máxima de 500 € por taller.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales que sean comarcas aragonesas, que hayan de realizar las actuaciones subvencionables previstas en el apartado anterior, y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado quinto de la presente orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La celebración de jornadas formativas cuya finalidad sea la difusión y promoción de las tecnologías de la información, con las características siguientes:

a) Se tratará de jornadas formativas consistentes en talleres de iniciación en tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), de unas cinco horas de duración, dirigidas a personas mayores o en riesgo de exclusión digital.

b) Los temas serán los que aparecen en la página web www.aragon.es/tallerestic, y se utilizará como material para los alumnos los manuales disponibles en dicha página, que han sido generados por la Dirección General de Nuevas Tecnologías bajo licencia Creative Commons.

Dichos manuales se facilitarán a los alumnos en formato papel.

c) Se organizarán en centros públicos o de uso público, en localidades aragonesas con menos de 2000 habitantes, que no correspondan a los términos municipales de las capitales de provincia de Aragón. Dichos centros deberán disponer, en su caso, del equipamiento informático adecuado para poder realizar las jornadas.

d) Los talleres serán impartidos por profesionales con los conocimientos y cualidades técnicas y pedagógicas adecuadas, con domicilio habitual y/o actividad laboral en la zona.

e) El número mínimo de asistentes deberá ser de ocho personas.

f) El número máximo de talleres por localidad será de 3, y el número total subvencionable, de 30 por beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 187
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/11/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 234
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 29/12/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 254
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 07/04/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 65
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento