Subvenciones para la implantación de instalaciones de refrigeración basadas en tecnologías alternativas a los gases fluorados de alto potencial de calentamiento atmosférico en establecimientos dedicados a la distribución comercial (Plan PIMA FRÍO) (ref. BDNS 418259).

Código de ayuda:

S51464/18

Norma:

RESOLUCIÓN TES/2277/2018, de 4 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones para la implantación de instalaciones de refrigeración basadas en tecnologías
alternativas a los gases fluorados de alto potencial de calentamiento atmosférico en establecimientos dedicados a la distribución comercial (Plan PIMA FRÍO) ubicados en Cataluña.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de las ayudas se determinará conforme al siguiente ratio: 650 euros por kW de potencia frigorífica instalada, con un máximo de 100.000 euros por instalación y de 200.000 euros por persona beneficiaria en el caso que una misma persona que resultare beneficiaria presente varias solicitudes.

2. En ningún caso la misma empresa podrá obtener en tres ejercicios fiscales ayudas de minimis que superen en su conjunto 200.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas todas las personas físicas o jurídicas dedicadas a la distribución comercial de alimentos que tengan su residencia fiscal en España. En el caso de establecimientos gestionados bajo un contrato de franquicia, será el franquiciado el que solicite la ayuda. Por distribución comercial de alimentos se consideran todos aquellos establecimientos dedicados al almacenamiento, exposición o distribución de productos, para su venta a usuarios finales, en venta al por menor y servicios alimentarios.

Requisitos:

a) Ser propietarios de empresas dedicadas a la distribución comercial de alimentos o bien franquiciados, en el caso de establecimientos gestionados bajo contrato de franquicia.

b) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, así como por reintegro de subvenciones, conforme a la normativa vigente.

c) Presentar la documentación exigida en el artículo 8.

d) No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pública, en los últimos cinco años.

e) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 218
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 09/10/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7722
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento