Subvenciones para la grabacion de obras de teatro en formato televisivo para la generacion de nuevos publicos.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S03864/12

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/35/2012, de 4 de enero. RESOLUCIÓN CLT/462/2012, de 27 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la grabación de obras de teatro en formato televisivo para la generación de nuevos públicos.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Catalán de las Empresas Culturales (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención consistirá en una cuantía equivalente a la totalidad de las retribuciones adicionales de los actores y las actrices que genera la filmación de la obra teatral, con un máximo de 12.000 euros por proyecto de grabación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas que se dediquen a la producción y/o exhibición de espectáculos de artes escénicas que estén domiciliadas en Cataluña o que sean nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en Cataluña, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las retribuciones adicionales de los actores y las actrices durante las sesiones de grabación, según lo que
establece el apartado 8 del Convenio colectivo de trabajo del sector de los actores y las actrices de teatro de Cataluña vigente.

Requisitos:

a) La obra teatral a grabar deberá estar financiada mayoritariamente por las empresas previstas en la base 2.1.

b) La grabación se deberá realizar durante el año de concesión de la subvención.

c) El espectáculo se deberá haber estrenado en Cataluña en el año anterior o durante el año de concesión de la subvención.

d) Acreditar, mediante contrato firmado, el compromiso de la empresa televisiva de llevar a cabo la grabación del espectáculo.

e) Acreditación del consentimiento expreso de los/las actores/actrices en la participación en la grabación y su posterior explotación.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6060
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/03/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6089
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento