Subvenciones para la gestión de los purines generados en explotaciones porcinas de la Comunidad Autónoma de Aragón.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S21082/16

Norma:

ORDEN DRS/600/2016, de 17 de junio. Orden DRS/735/2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de agosto de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones destinadas a la mejora en la gestión de los purines generados en las explotaciones porcinas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima para esta convocatoria es de 833.915 euros, con cargo a la partida presupuestaria 14030/G/7161/770103/34053 del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón, financiada íntegramente con fondos de los presupuestos generales del Estado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la subvención: Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones porcinas, incluyendo asociaciones,organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas y otras figuras equivalentes,incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera, cooperativas y sus agrupaciones,sociedades agrarias de transformación y comunidades de bienes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las actividades de construcción o adecuación de sistemas de tratamiento y gestión de purines y la adquisición de maquinaria y equipamiento, entre otras:
a) Creación de infraestructuras para la gestión de purines.

b) Instalación de sistemas de tratamiento de purines individuales o colectivos.

c) Adquisición de cisternas para el transporte.

d) Adquisición de equipos de aplicación de purines en el suelo.

e) Adquisición de balsas móviles de almacenamiento de purines.

f) Construcción de balsas de almacenamiento de purines.

Requisitos:

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en la presente orden las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones porcinas, incluyendo asociaciones, organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas y otras figuras equivalentes, incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera, cooperativas y sus agrupaciones, sociedades agrarias de transformación y comunidades de bienes.

2. En el caso de que el beneficiario sea una persona jurídica los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

3. En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso estas deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que, como beneficiario les correspondieren.

Documentos asociados

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Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
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