Subvenciones para la financiación de proyectos para la prevención de situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal de entidades sociales sin ánimo de lucro.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S13137/17

Norma:

ORDEN CDS/470/2016, de 5 de mayo. ORDEN CDS/352/2017, de 21 de marzo. ORDEN CDS/877/2017, de 14 de junio. ORDEN CDS/913/2017, de 14 de junio. ORDEN CDS/581/2018, de 27 de marzo. Orden CDS/628/2018, de 11 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de mayo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto efectuar la convocatoria de subvenciones con destino a las entidades sin ánimo de lucro para la financiación de proyectos para la prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal, que se desarrollen en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, durante el ejercicio 2018.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departemento de Ciudadanía y Derechos Sociales (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La subvención a conceder no financiará, en ningún caso, el 100% del proyecto o actuación.

Si la entidad percibe más ayudas públicas, la suma de las mismas no podrá suponer más del 95% del proyecto o actuación. En caso contrario la aportación de la Comunidad Autónoma se reducirá hasta ese porcentaje.

2. El importe del proyecto o actuación subvencionable no alcanzado por la subvención, será cubierto con fondos propios de la entidad beneficiaria o con la financiación procedente de otras subvenciones o ayudas, siempre que esto sea compatible, conforme con lo previsto en esta orden. La aportación de la entidad nunca será inferior al 5% del proyecto final o reformulado.

3. El importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actuación o proyecto o actuación subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, con sede y ámbito de actuación en Aragón, que desarrollen proyectos en el ámbito de la discapacidad y dependencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.1. Personas Mayores.

a) Específicos de prevención de las situaciones de dependencia.

b) Promoción de la autonomía personal y funcional.

c) Acompañamiento y apoyo a Personas afectadas por la enfermedad de Alzheimer.

d) Atención integral a las personas mayores.

e) Prevención y protección de personas mayores víctimas de maltrato.

1.2. Personas con discapacidad física, mental, intelectual y sensorial.

a) Promoción de la autonomía personal, fomento de habilidades sociales y ocio participativo.

b) Atención integral a las personas con discapacidad física, mental, intelectual y sensorial.

c) Creación de unidades de vida independiente.

d) Prevención y protección de mujeres discapacitadas víctimas de violencia de género.

1.3. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por Proyecto el conjunto de actividades concretas y detalladas que contengan unos objetivos cuantificables, en relación a una necesidad social comprendida en las áreas de actuación, y desarrollados en un plazo de tiempo determinado.

Requisitos:

a) Que las actividades del Proyecto o actuaciones a subvencionar se presten en el territorio de Aragón.

b) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Diputación General de Aragón.

c) Tener inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos los ficheros de datos de carácter personal que correspondan o haber iniciado los trámites para su inscripción antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Que el funcionamiento de la Entidad, sea de carácter democrático, garantizando la participación de los usuarios.

e) Contar con los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del Proyecto para el que se solicita la subvención.

f) La Entidad deberá aportar por cada proyecto como mínimo el 5 % del coste económico del proyecto final.

g) No estar incursas en ninguna de las circunstancias referidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

h) Declaración responsable de que todo el personal (incluido el voluntario) al que corresponde la realización de las actividades incluidas en el proyecto que se presenta, cumple con el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor y del artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre de Voluntariado.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 30/03/2017
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 62
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/03/2017
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 62
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 03/07/2017
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 125
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 05/07/2017
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 127
Documento: Crédito definitvo Descargar Documento
Boletín: 11/07/2017
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 131
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 17/04/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 74
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 26/04/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 80
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/04/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 80
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento