Subvenciones para la financiación de proyectos de ciudades saludables y sostenibles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2019.

Código de ayuda:

S49455/18

Norma:

DECRETO 96/2018, de 26 de junio. ORDEN de 30 de agosto de 2018. RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto convocar subvenciones para la financiación del programa “Ciudades Saludables y Sostenibles” en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de la estrategia europea “Salud 2020”.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se fijará en el 90 % de la cantidad solicitada, criterio aplicable a ambas modalidades. No obstante lo anterior, la cuantía de la subvención no sobrepasará las siguientes cantidades:

a) 19.000 euros en el supuesto de solicitudes acogidas a la modalidad A.

b) 2.000 euros en el supuesto de solicitudes acogidas a la modalidad B.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiaras de estas subvenciones las entidades que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 2 del decreto 96/2018, de 26 de junio, así como las que se establecen en el apartado siguiente para cada una de las modalidades, pudiendo concurrir a una o a ambas.

2. Modalidad A: Podrán ser beneficiarios tanto los municipios con una población inferior a 50.000 habitantes como cualquiera de las mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Modalidad B: Podrán ser beneficiarios todos los municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

3. En el caso de que sea subvencionado un proyecto de una mancomunidad de la que forme parte un municipio que también haya solicitado la subvención para la misma convocatoria, quedará desestimada esta última, prevaleciendo el proyecto de la mancomunidad.

4. La comprobación del número de habitantes de las Corporaciones Locales será realizada de oficio por el órgano gestor mediante la consulta del último padrón municipal suministrado por el Instituto Nacional de Estadística.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Modalidad A: Contratación de un técnico para la ejecución del programa “Ciudades Saludables y Sostenibles”.

— Modalidad B: Desarrollo de actividades del programa “Ciudades Saludables y Sostenibles” en los términos establecidos en las Líneas Estratégicas previstas en el anexo II de la orden.

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