Subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, en materia de formación de oferta.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S43591/17

Norma:

ORDEN de 22 de agosto de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de octubre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones tienen como finalidad financiar los programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, que ofrezcan una formación que atienda a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, a las necesidades de adaptación a los cambios operados en el puesto de trabajo y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de las personas trabajadoras, de forma que las capacite para el desarrollo cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.

La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva en los términos establecidos en el artículo 19.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden los centros y las entidades de formación privadas, acreditadas y/o inscritas por la Administración públicacompetente para impartir formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Galicia en las especialidades formativas objeto de la formación.

Igualmente podrán ser beneficiarios los centros y entidades de formación que hayan presentado la declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos para su inscripción en el registro para impartir especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 165
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/08/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 165
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento