Subvenciones para la financiación de los medios materiales destinados a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local.

Código de ayuda:

S56573/18

Norma:

DECRETO 29/2018, de 25 de octubre. RESOLUCIÓN del 15 de noviembre de 2018. RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2019. RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2020. RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2021. RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2022. RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2025. Resolución de 14 de julio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de septiembre de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el ejercicio 2025, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de los gastos derivados de la adquisición de medios materiales destinados a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, con población hasta 75.000 habitantes, que dispongan de cuerpo de policía local, cuyas bases reguladoras han sido aprobadas por Decreto 29/2018, de 25 de octubre, del president de la Generalitat.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global destinado a la concesión de estas ayudas asciende a 842.418,79 euros.
Los importes fijos máximos se establecen en función de la población del municipio:
– Hasta 20.000 habitantes: 2.463,21 euros por municipio.
– Desde 20.001 hasta 50.000 habitantes: 4.926,43 euros por municipio.
– Desde 50.001 hasta 75.000 habitantes: 7.882,29 euros por municipio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán obtener la condición de beneficiarios de la subvención regulada en esta disposición, los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local.

2. Las entidades beneficiarias de las subvenciones tendrán que reunir los requisitos que les afecten de los establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención se destinará a la adquisición de material destinado al uso de la función policial.

Documentos asociados

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DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8427
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DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8589
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DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8878
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Documento: CONVOCATORIA 2026 Descargar Documento