Subvenciones para la financiación de las ayudas a las personas jóvenes que realizan prácticas no laborales en empresas, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S37082/16

Norma:

ORDEN de 12 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de noviembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública de las subvenciones para la financiación a las empresas de las ayudas de las personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que realizan prácticas no laborales en estas empresas.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención se concretará en las siguientes cuantías:

– 100 por cien del IPREM mensual vigente por cada una de las personas jóvenes mientras duren las prácticas si éstas tienen una duración de cuatro horas diarias.

– 1,1 veces el IPREM mensual vigente por cada una de las personas jóvenes mientras duren las prácticas si éstas tienen una duración de cuatro horas diarias, cuando la persona joven sea una mujer.

- 1,2 veces el IPREM mensual vigente por cada una de las personas jóvenes mientras duren las prácticas si éstas tienen una duración de más de cuatro horas diarias.

– 1,4 veces el IPREM mensual vigente por cada una de las personas jóvenes mientras duren las prácticas si éstas tienen una duración de más de cuatro horas diarias, cuando la persona joven sea una mujer.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias las empresas con centro de trabajo en Galicia que, después de la firma de un convenio de prácticas no laborales con el Servicio Público de Empleo de Galicia en el marco del Real decreto 1543/2011, de 31 de octubre, suscriban acuerdos con personas jóvenes para la realización de prácticas no laborales.

Documentos asociados

Boletín: 22/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 181
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 181
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento