Subvenciones para la financiacion de la Investigacion Biomedica y en Ciencias de la Salud en Andalucia.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S57564/07

Norma:

ORDEN de 19 de julio de 2007. RESOLUCION de 7 de abril de 2008. Resolucion de 14 de abril de 2009. ORDEN de 12 de mayo de 2010. RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2010. RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/08/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones de conformidad con la Orden de 19 de julio de 2007, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de la Investigación Biomédica y en Ciencias de la Salud, y el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Salud y Familias (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a conceder para cada solicitud será de cincuenta mil euros (50.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar y ser personas beneficiarias de subvenciones para proyectos de investigación, infraestructuras para la investigación y acciones que complementen la investigación y desarrollo en Ciencias de la Salud:

a) Las fundaciones vinculadas a instituciones públicas dependientes del Servicio Andaluz de Salud o de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, entre cuyos fines se encuentre el desarrollo o fomento de la investigación en Ciencias de la Salud, y que estén presididos por el director o directora de alguna de estas instituciones.

b) Las empresas públicas de la Junta de Andalucía y las fundaciones del sector público de la Junta de Andalucía, adscritas a la Consejería de Salud.

2. Podrán solicitar y ser personas beneficiarias de subvenciones para actividades y estancias formativas de personal investigador:

a) Los profesionales y las profesionales de los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos dependientes de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, que estén en posesión del título de licenciatura o diplomatura universitaria, incluidos aquellos que se encuentren en el momento de la realización de la actividad o estancia formativa en período de formación interna como residente de último año.

b) Los profesionales y las profesionales con contrato de investigación procedentes de alguno de los Planes nacionales o autonómicos de I+D+I, así como los procedentes de centros de investigación dependientes de la Consejería de Salud.

3. Tendrá la consideración de persona beneficiaria aquella persona destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad que fundamentó el otorgamiento de la subvención o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de entrenamiento profesional, cursos de formación, desplazamiento a centros de I+D+I y compensación de la liberación parcial de la actividad asistencial para evitar que la etapa formativa tenga efectos negativos sobre la asistencia sanitaria.

Tendrán prioridad en la presente convocatoria las ayudas dirigidas a las siguientes líneas de investigación:
a) Tecnologías moleculares y celulares de aplicación a la salud humana:

1.º Investigación biológica integrativa y de sistemas.

2.º Predicción, prevención, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de enfermedades y monitorización de la respuesta terapéutica.

3.º Investigación en Terapias Innovadoras: Terapia celular y medicina regenerativa, Genética clínica y Nanomedicina.

b) Problemas de salud prioritarios:

1.º Enfermedades neurológicas y mentales.

2.º Desarrollo humano y envejecimiento.

3.º Enfermedades infecciosas.

4.º Cáncer.

5.º Enfermedades cardiovasculares.

6.º Diabetes y Obesidad.

7.º Enfermedades raras.

8.º Enfermedades respiratorias.

9.º Enfermedades del Aparato locomotor y Tejido Conectivo.

10.º Enfermedades Hepáticas y Digestivas.

11.º Enfermedades crónicas e inflamatorias.

c) Investigación en Salud Pública y Servicios de Salud.

d) Investigación en medicamentos y ensayos clínicos independientes.

e) Investigación en Atención Primaria de Salud.

f) Investigación en Tecnologías para la salud.

1.º Telemedicina.

2.º E-salud.

3.º Bioinformática y Biología computacional.

g) Se priorizará también el desarrollo profesional en investigación del personal que realice actividades investigadoras en programas europeos de I+D+i, así como la colaboración en investigación con empresas, excluyendo los ensayos clínicos.

h) La equidistribución geográfica de recursos de investigación en Andalucía.

Requisitos:

1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Orden de 19 de julio de 2007, podrán presentarse solicitudes para financiación total o parcial de proyectos de investigación en el área de salud para el desarrollo de nuevos productos y servicios que resulten en una mejora en la salud de los ciudadanos o para la mejora de la organización, la gestión de recursos y servicios sanitarios o de las políticas de salud, con una duración máxima de tres años.

2. Las personas investigadoras principales no podrán tener ningún proyecto financiado por la Consejería Salud de la convocatoria de 2009, con excepción de aquellos proyectos que se presenten para complementar o ampliar cualquier otra fase de un proyecto ya financiado y liderado por esta misma persona.

3. La solicitud de financiación parcial para un proyecto debe indicar el presupuesto total necesario para su desarrollo y el presupuesto que se solicita a esta convocatoria, indicando qué actividades o fases del proyecto de investigación solicita a esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2007
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/09/2007
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 181
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 04/12/2007
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 238
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Boletín: 22/04/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 80
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 29/04/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 81
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Boletín: 31/05/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 104
Documento: Modificación de Bases. Descargar Documento
Boletín: 11/06/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 114
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Boletín: 22/07/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 143
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento