Subvenciones para la financiacion de inversiones realizadas en Centros Especiales de Empleo para el año 2010.

Código de ayuda:

S15037/09

Norma:

ORDEN EYE/402/2009, de 19 de febrero. ORDEN EYE/505/2009, de 5 de marzo. ORDEN EYE/2390/2009, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Compensar los costes adicionales del empleo de los trabajadores con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, ya sea a través de la adaptación de las instalaciones de estos centros o mediante la adquisición o adaptación de equipos a las condiciones de estos trabajadores.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá superar el 85% del coste de la actividad subvencionable. El solicitante que obtenga mayor puntuación podrá obtener el 85% del coste de la actividad subvencionable. El resto de solicitantes podrán obtener un porcentaje del coste de la actividad subvencionable dependiendo de la puntuación obtenida una vez aplicados los criterios de valoración. Podrá exceptuar el requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Centros Especiales de Empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de esta Comunidad, que desarrollen su actividad en el territorio de Castilla y León y siempre que estos Centros tengan contratados con carácter indefinido como mínimo a 6 trabajadores con discapacidad y la plantilla de trabajadores con discapacidad con contrato indefinido esté compuesta, al menos, por un 65% de trabajadores con discapacidad física igual o superior al 65%, y/o discapacidad sensorial y/o psíquica igual o superior al 33%. Se tendrán en cuenta los contratos de trabajo con carácter indefinido existentes en el Centro Especial de Empleo a 1 de enero de 2010.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las actividades consistentes en la realización de inversiones para la adaptación de las instalaciones de los Centros Especiales de Empleo o para la adquisición o adaptación de equipos destinados a los trabajadores con discapacidad, que hayan tenido lugar entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010, ambos inclusive.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 61
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 03/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 42
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 48
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/12/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/02/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento