Subvenciones para la financiacion de actividades relacionadas con la prestacion de servicios sociales en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S37846/09

Norma:

Orden de 06/05/2009. Resolucion de 04/11/2009. Resolución de 02/11/2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
para la financiación de actividades relacionadas con la prestación de servicios sociales, en el ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima a conceder por la Consejería de Bienestar Social para la financiación de los proyectos objeto de la Orden será de 300.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de derecho público, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las organizaciones privadas de iniciativa social que concurran a la presente convocatoria y cumplan, en la fecha de presentación de su solicitud, los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables los gastos corrientes que se relacionen con las acciones y actividades, así como con aquellas otras necesarias para la ejecución de los proyectos objeto de la subvención.

Requisitos:

Para Entidades Privadas sin ánimo de lucro y Organizaciones Privadas de Iniciativa Social:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los Registros que corresponda y, en todo caso, en el Registro de Servicios Sociales de C-LM.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

d) Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha (la Consejería de Bienestar Social podrá exceptuar este requisito de forma motivada).

e) No estar incurso en las circunstancias del art. 13, apdos. 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones y 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de C-LM y hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

Las Entidades Públicas deberan cumplir el requisito c) y e) del apartado anterior.

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 91
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/11/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 222
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/11/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 217
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento