Subvenciones para la financiación de acciones de formación de oferta dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados en el marco del subsistema de formación para el empleo para el año 2010 -Justificación de gastos.
Código de ayuda:
S02355/10Norma:
ORDEN 3825/2009, de 28 de diciembre. REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo. Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo. ORDEN 4341/2010, de 20 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/02/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, para el año 2010, subvenciones para la financiación de acciones de formación de oferta,impartidas en modalidad presencial, dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, que desarrolla
el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los centros y entidades de formación de la Comunidad de Madrid que las soliciten.Requisitos:
a) Estar inscrito y, en su caso, acreditado como centro y entidad de formación, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el Registro de centros y entidades de formación para impartir, en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, las especialidades formativas para las que solicitan subvención.b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Acreditar haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales con carácter previo al cobro de la subvención.
d) Hallarse, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, en alguna de las situaciones siguientes:
1.a Tener en vigor el Certificado del Sistema de Gestión de la Calidad ISO-9001, expedido por alguna de las entidades acreditadas, para ello, por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
2.a Haber obtenido al menos 200 puntos en el proceso de autoevaluación de acuerdo con el Modelo EFQM de Excelencia, realizado en los dos años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria y acreditarlo, preferentemente, mediante informe de homologación del proceso de autoevaluación según el modelo establecido por el Club de Excelencia en Gestión o certificado de licenciatario de autoevaluación de EFQM.
En caso de que el informe o el certificado establezca un intervalo de puntuación se tomará como puntuación obtenida la media aritmética de las dos puntuaciones establecidas por el licenciatario.
3.a Tener en vigor un Sello de Excelencia Europea de acuerdo con el Modelo EFQM de Excelencia, otorgado por una entidad de certificación reconocida por el Club Excelencia en Gestión.
4.a Poseer en vigor la marca de garantía de calidad Madrid Excelente y acreditarlo mediante certificado expedido por la entidad gestora de la marca Madrid Excelente.
Documentos asociados
Boletín:
04/08/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 186
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Boletín:
18/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
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Boletín:
14/01/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 11
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
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16/02/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 39
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Boletín:
30/12/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 311
Documento: Justificación de Gastos. Descargar Documento
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