Subvenciones para la financiacion de acciones de formacion de oferta dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados en el marco del subsistema de formacion para el empleo para el año 2009 - Modificación.
Código de ayuda:
S01646/09Norma:
ORDEN 3599/2008, de 30 de diciembre. ORDEN 3645/2009, de 21 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/01/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Mediante la presente Orden se convocan, para el año 2009, subvenciones para la financiación de acciones de formación de oferta, impartidas en modalidad presencial, dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Formación
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Centros y entidades de formación de la Comunidad de Madrid.Requisitos:
a) Estar inscritos y, en su caso, acreditados como centros y entidades de formación, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el Registro de centros y entidades de formación para impartir, en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, las especialidades formativas para las que solicitansubvención.
b) No estar incursos en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Hallarse, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, en alguna de las situaciones siguientes:
1.o Tener en vigor el Certificado del Sistema de Gestión de la Calidad ISO-9001, expedido por alguna de las entidades acreditadas, para ello, por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
2.o Haber obtenido al menos 200 puntos en el proceso de autoevaluación de acuerdo con el Modelo EFQM de Excelencia, realizado en los dos años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria y acreditarlo mediante certificado de licenciatario de autoevaluación de EFQM, en caso de que el certificado establezca un intervalo de puntuación se tomará como puntuación obtenida la media aritmética de las dos puntuaciones establecidas por el licenciatario.
3.o Tener en vigor un Sello de Excelencia Europea de acuerdo con el Modelo EFQM de Excelencia, otorgado por una entidad de certificación reconocida por el Club de Excelencia
en Gestión.
4.o Poseer en vigor la marca de garantía de calidad Madrid Excelente y acreditarlo mediante certificado expedido por la entidad gestora de la marca Madrid Excelente.
Documentos asociados
Boletín:
08/01/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 6
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 6
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
23/12/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 604
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 604
Documento: Modificación Descargar Documento