Subvenciones para la elaboracion, desarrollo de planes de conciliacion y suscripcion de contratos para la sustitucion de trabajadores o trabajadoras que hagan uso de sus derechos para conciliar la vida laboral, familiar y personal - Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S47364/07

Norma:

Orden de 22-05-2007. Orden de 29-01-2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones a empresas y entidades sin ánimo de lucro que establezcan, de acuerdo con los trabajadores, estrategias flexibles en la organización del trabajo, para favorecer la conciliación de las responsabilidades laborales, familiares y personales, y de esta forma aumentar la competitividad de las empresas de Castilla-La Mancha, en especial de la pequeña y mediana empresa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El importe de la subvención por la elaboración de Planes de Conciliación será del 50% de los gastos debidamente justificados y pagados, con un máximo de 12.000 euros.

- Por la realización de contratos para sustituir a trabajadores que hagan uso de su derecho a la conciliación, a través de reducciones de jornada, excedencia, permisos por maternidad, por riesgo durante el embarazo o por lactancia, se establece una subvención de 300 euros, por cada mes de contrato a jornada completa. Las subvenciones se ajustarán proporcionalmente atendiendo a la duración de la jornada, sin que en ningún caso, pueda superarse un máximo de 2.400 euros por contrato.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las empresas, las entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos:

- Tener menos de 250 trabajadores.
- Tener el domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
- Realizar alguna de las acciones recogidas en el primer apartado de la Orden de Convocatoria.
- Podrán beneficiarse de las subvenciones relativas a los contratos para la sustitución las entidades previstas en el párrafo anterior, siempre y cuando tengan un Plan de Conciliación. Este requisito no se exigirá a las entidades de menos de 50 trabajadores.
- No concurrir en la entidad beneficiaria ninguna de las circunstancias previstas en los arts. 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones y en la Base 2ª.3 de la Orden de 22-05-2007.

Documentos asociados

Boletín: 01/06/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 116
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/02/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 25
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento