Subvenciones para la ejecución de proyectos, servicios y acciones de formación, orientación e inserción con cargo a la renta mínima de inserción (RMI).

Código de ayuda:

S27937/04

Norma:

Sesión de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Autorizar el gasto anticipado para llevar a cabo la convocatoria pública del Consejo de Mallorca de subvenciones económicas para proyectos, servicios y acciones de formación, orientación e inserción con cargo a la renta mínima de inserción para el año 2005.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales (según el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local) y las entidades sin afán de lucro que estén legalmente establecidas y que lleven a cabo actividades de formación, gestión y economía social y soporte a la inserción de colectivos con dificultades y en riesgo de exclusión en Mallorca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actuaciones de formación ocupacional y orientación para la inserción social y laboral, en forma de proyectos integrales de formación ocupacional, servicios de orientación, iniciativas de motivación y de inserción, acciones de soporte a la integración, cursos monográficos, o iniciativas similares.

Los contenidos tendrán que contemplar los aspectos de: fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, contribuir a la calificación profesional y ocupacional de los participantes, desarrollar vínculos legales entre formación y trabajo, informar y asesorar a los participantes en temas de promoción del medio ambiente, prevención y riesgos laborales y potencialidades de la sociedad de la información.

Los proyectos será conveniente que se desarrollen sobre los llamados nuevos yacimientos de ocupación, de forma prioritaria, promoviendo el medio ambiente y naturaleza y la economía social.
Se recomienda que los proyectos, servicios y acciones subvencionadas contemplen estos apartados, en función a su actividad:
Módulo de formación ocupacional, preocupacional o profesional.
Módulo de medio ambiente y naturaleza.
Módulo de habilidades personales y sociales.
Módulo de prevención de riesgos, seguridad e higiene al trabajo.
Módulo de prácticos formativos en entidades y/o empresas.
Módulo de orientación laboral y/o acompañamiento laboral tutorizados.
Acciones de motivación.
Acciones de soporte a la formación normalizada.
Acciones de soporte al lugar de trabajo.
Acciones de diagnóstico, de información, de asesoramiento, investigación de trabajo, soporte a la colocación, seguimiento de la colocación.

Requisitos:

Las entidades locales, ayuntamientos, mancomunidades y entidades municipales solicitantes tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de sus obligaciones económicas con la Corporación, la acreditación del cual, se hará mediante una certificación expedida por esta finalidad por la Tesorería o Intervención de este Consejo.
- Estar al corriente en el cumplido de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Estar acreditado como centro colaborador, reuniendo las condiciones y cumpliendo los requisitos publicados en el Decreto 54/2000, de 31 de marzo, de modificación del Decreto 11/2000, de 4 de febrero, ambos de la CAIB.

Las entidades sin afán de lucro tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar acreditado como centro colaborador, reuniendo las condiciones y cumpliendo los requisitos publicados en el Decreto 54/2000, de 31 de marzo, de modificación del Decreto 11/2000, de 4 de febrero, ambos de la CAIB.
- Estar legalmente constituidas.
- Estar ubicadas en Mallorca.
- Estar al corriente de pago de las cotizaciones de la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias, de acuerdo con la legislación vigente.
- No tener ninguna deuda con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ni con el Consejo de Mallorca.
- No tener afán de lucro, teniendo constancia en sus estatutos de constitución.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 179
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento