Subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo para 2020.

Código de ayuda:

S44937/18

Norma:

Resolución de 24 de julio de 2018. Resolución de 8 de agosto de 2018. Resolución de 25 de abril de 2019. Resolución de 28 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de junio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 120.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación, solidaridad, promoción y consolidación de un desarrollo económico y social en los países empobrecidos tendrán como objetivo impulsar procesos que faciliten el acceso a los servicios básicos y la disminución de desigualdades horizontales y verticales desde un enfoque de derechos, con especial atención a las mujeres y a las niñas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de las ayudas será de 2.560.000 euros.

El importe de la subvención para el Instrumento A (proyectos) no podrá exceder de 120.000 euros; el importe de la subvención para el Instrumento B (micro-acciones) no podrá exceder de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias las Organizaciones no Gubernamentales que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

• Instrumento A: Proyectos de desarrollo, los cuales tienen un carácter generalista y están dirigidos a financiar intervenciones de temporalidad anual con objetivos y población muy definida.

• Instrumento B: Micro-acciones de desarrollo, definidas como intervenciones de dimensión económica de menor envergadura que los proyectos.

Del crédito presupuestario inicial asignado a cada instrumento se reservará:

— Un 10 por 100 para proyectos de desarrollo y micro-acciones cuyas acciones vayan dirigidas exclusivamente a organizaciones de mujeres cuyo objetivo explícito sea el empoderamiento de las mujeres y/o la mejora en los niveles de equidad de género, o a proyectos con el mencionado objetivo, según la Estrategia Asturiana de Género para la Cooperación al Desarrollo.

— Un 5 por 100 para proyectos y micro-acciones para acompañamiento a procesos de promoción de pueblos y naciones indígenas en sintonía con la Estrategia Asturiana de Pueblos Indígenas. Si no se alcanzasen los máximos indicados en el Instrumento A (proyectos), el remanente resultante se acumulará al Instrumento B (micro-acciones) y viceversa.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud, y haber comunicado cualquier modificación de los datos o documentos que afecten a los asientos recogidos en el artículo 4.3 del Decreto 270/2007, de 14 de noviembre, por el que se regula el funcionamiento y forma de acceso al Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias.

b) Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones, exigibles y vencidas, concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.

c) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) No ser deudora de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas líquidas y exigibles.

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