Subvenciones para la ejecución de obras y trabajos de repoblación forestal en montes de titularidadprivada en la Comunidad de Madrid, reguladas por las Órdenes 1083/2006, de 27 de marzo, y 2037/2007, de 4 de septiembre, de modificación de bases reguladoras - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S09864/06Norma:
ORDEN 3359/2007, de 31 de diciembre. ORDEN 1083/2006, de 27 de marzo. ORDEN 2037/2007, de 4 de septiembre. ORDEN 894/2010, de 16 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer un régimen de subvenciones, para la forestación o reforestación de terrenos forestales sin arbolado que se realicen en los montes de titularidad privada.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Solo se tramitará una solicitud de repoblación por año, monte y/o titular solicitante con un importe máximo de subvención de 60.100 euros fijado en el apartado 2 de la base undécima.Si durante el período fijado para la admisión de solicitudes se presentara para un mismo monte y/o titular más de una solicitud con este objeto, se podrá acumular en un solo procedimiento de concesión, siempre que la subvención total no supere la cantidad indicada y que la documentación presentada permita diferenciar claramente los trabajos y pueda hacerse su acumulación sin que haya posibilidad de duplicar la
subvención. En caso contrario solo se tramitará la solicitud que abarque mayor inversión.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Tanto los propietarios privados de montes situados dentro de todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, sean personas físicas o jurídicas, como aquellas otras a las que los propietarios privados hayan cedido el uso o disfrute de sus predios, con su consentimiento escrito para solicitar y ejecutar estas obras y trabajos subvencionables, o establecer acuerdos o convenios para la realización de las actuaciones e inversiones previstas en las presentes bases reguladoras, tal como se define en el artículo 94.1 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza en la Comunidad de Madrid.Los beneficiarios deberán cumplir todos los requisitos y obligaciones que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece en sus artículos 13 y 14.
Las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, ostenten la propiedad de una finca forestal y puedan llevar a cabo las obras y trabajos objeto de subvención podrán acceder a la condición de beneficiario, en concordancia con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las obras y trabajos de repoblación forestal a realizar en los montes privados y que tienen un marcado carácter medioambiental por constituir actuaciones encaminadas a incrementar la superficie arbolada, las siguientes actuaciones que se establecen a continuación y que se ajusten a las directrices del Plan Forestal de Madrid:Las repoblaciones forestales (forestaciones y/o reforestaciones) efectuadas, mediante plantaciones y siembras con alguna o algunas de las siguientes especies:
— Pino silvestre, pino pinaster, pino piñonero, pino carrasco, pino laricio, pino uncinata, encina, alcornoque, quejigo, rebollo, coscoja, castaño, enebro, sabina albar, haya, fresno, álamo blanco, álamo negro, álamo temblón, sauce, acebo, madroño.
— Otras especies vegetales que, previa valoración técnica de la Dirección General del Medio Natural sean adecuadas al territorio, conforme a las directrices del Plan Forestal de Madrid o que sean de suficiente interés forestal, a juicio de la Dirección General del Medio Natural.
Los conceptos subvencionables serán: Los gastos de redacción del proyecto, en su caso; los de preparación del terreno para repoblaciones o reforestaciones, incluido, en su caso, el desbroce, los del importe de la planta y su transporte a pie de obra; los de plantación, los de reposición de marras y los trabajos complementarios necesarios para garantizar el buen éxito de la forestación o reforestación.
Las solicitudes podrán versar sobre trabajos relativos a la forestación y/o reforestación indicados en la cláusula sexta, a ejecutar desde la fecha de presentación de solicitudes hasta el 20 de noviembre del mismo ejercicio económico al de la presentación de dichas solicitudes.
No obstante también podrán solicitarse subvenciones para los trabajos ya realizados desde el 1 de enero del año anterior al del que se presenta la solicitud, siempre que por su índolese pueda reconocer técnicamente su ejecución dentro de dicho período y su estado de ejecución sea aceptable por los Técnicos.
Requisitos:
Los proyectos de inversión que pretendan acogerse a las ayudas previstas en las bases reguladoras deberán cumplir las condiciones ambientales mínimas que se reflejan en el Anexo II de la Orden 1083/06, de 27 de marzo.Documentos asociados
Boletín:
06/04/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
12/09/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 217
Documento: Modificación Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 217
Documento: Modificación Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín:
14/01/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 11
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 11
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín:
07/05/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 75
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento