Subvenciones para la ejecución de los planes de formación continua objeto de los contratos programa de Cantabria suscritos al amparo de la convocatoria del 2004.

Código de ayuda:

S28691/04

Norma:

Orden de 10 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en convocatoria anual. Para 2005, hasta el 17 de enero de 2005.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de la convocatoria de subvenciones para la financiación de las adendas a los Contratos Programa suscritos al amparo de la Orden de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, de 10 de diciembre de 2004, por la que se aprueba y regula la convocatoria de subvenciones mediante contratos programa para la formación de trabajadores, y ello de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras recogidas en la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las citadas subvenciones.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será, como máximo, gual a la solicitada para el Plan de formación de la Orden de convocatoria de 10 de diciembre de 2004.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la suscripción de los distintos tipos de contratos programa señalados en el artículo anterior las siguientes entidades:
a) Para los contratos programa de ejecución de planes de formación continua intersectoriales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito autonómico.
b) En relación con los contratos programa de ejecución de planes de formación que incorporen a trabajadores y socios trabajadores y de trabajo de dos o más cooperativas, sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social, las asociaciones de cooperativas y/o sociedades laborales con notable implantación en el ámbito autonómico y que se hallen constituidas legalmente con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
c) Para los contratos programa de ejecución de planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos, las asociaciones de trabajadores autónomos que tengan suficiente implantación en el ámbito autonómico, con experiencia acreditada en la gestión y desarrollo de acciones formativas por sí mismas o a través de sus organizaciones asociadas y se hallen legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo los planes formativos en los que participen:
- Trabajadores de pequeñas y medianas empresas (PYMES).
- Trabajadores pertenecientes a los siguientes colectivos: mujeres, personas con discapacidad, mayores de 45 años y trabajadores no cualificados, cualquiera que sea el tamaño de las empresa en que prestan sus servicios.
- Colectivos específicos: autónomos, empleados de hogar y trabajadores del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social por cuenta propia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán suscribir contratos programa para la ejecución de los siguientes planes de formación continua:
a) Contratos programa para la ejecución de planes de formación intersectoriales, dirigidos a la formación de trabajadores en competencias transversales y horizontales a varios sectores de la actividad económica.
b) Contratos programa para la ejecución de planes de formación que incorporen a trabajadores y socios trabajadores y de trabajo de dos o más cooperativas, sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social que, sin pertenecer a un mismo sector productivo, atiendan demandas formativas derivadas de la naturaleza jurídica de aquellas o de necesidades de carácter transversal.
c) Contratos programa para la ejecución de planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos, con el fin de mejorar su capacitación en las competencias relacionadas con la actividad que desarrollen, bien de carácter sectorial o bien transversal u horizontal.

Podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo los planes formativos en los que participen:
- Trabajadores de pequeñas y medianas empresas (PYMES).
- Trabajadores pertenecientes a los siguientes colectivos: mujeres, personas con discapacidad, mayores de 45 años y trabajadores no cualificados, cualquiera que sea el tamaño de las empresa en que prestan sus servicios.
- Colectivos específicos: autónomos, empleados de hogar y trabajadores del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social por cuenta propia.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/12/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 248
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 11/10/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 195
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 25/11/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 226
Documento: Financiación de las adendas a los Contratos Programa Descargar Documento