Subvenciones para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables destinadas a particulares y cofinanciadas parcialmente con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.- Convocatoria anticipada para el año 2018 y selección de las entidades colaboradoras que participarán en la gestión de estas subvenciones.

Código de ayuda:

S04782/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2017. RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2018. RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2018.

Plazo de Solicitud:

Entidades Colaboradoras: hasta el 20 de febrero de 2018. Solicitud beneficiarios: hasta el 20 de marzo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones, para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables, cofinancia das parcialmente por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, para el ejercicio 2018, que se adjuntan a esta resolución como anexo I. En el caso de las tipologías de proyectos cofinanciadas con fondos Feader irán destinadas exclusivamente a zonas rurales (IN421H, IN421I).

Seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, las entidades colaboradoras que participarán en su gestión.

Aprobar los formularios para la gestión de la convocatoria del año 2018 que se adjuntan a esta resolución como anexos II a IX.

Publicar el convenio de colaboración para las ayudas a particulares para proyectos de energías renovables, al cual deben adherirse las entidades colaboradoras (anexo X).

5. Convocar para el año 2018, en régimen de concurrencia competitiva, según lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las subvenciones dirigidas a proyectos de energías renovables y la mejora de los servicios básicos y renovación de la población en las zonas rurales para equipos térmicos de biomasa.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

INEGA - Instituto Energético de Galicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas propietarias de cualquier derecho sobre un inmueble de derecho residencial o las comunidades y mancomunidades de vecinos, siempre que las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 3 se realice en viviendas o edificios del sector residencial sitas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Asimismo, las agrupaciones de personas físicas, privadas sin personalidad, no pudiendo éstas disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 35 y 63 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

No podrán tener la condición de beneficiarias las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la citada Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 30/01/2018
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Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
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