Subvenciones para la contratación inicial de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Código de ayuda:
S07828/07Norma:
ORDEN 3036/2006, de 29 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/02/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2007 las subvenciones para la contratación inicial de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, financiando parcialmente los costes laborales, a aquellas Entidades Locales de la Comunidad de Madrid que prevean realizar estas contrataciones.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
La contratación de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local se podrá realizar por las Corporaciones Locales del ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid o entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local, siendo subvencionados los costes laborales por el Servicio Regional de Empleo, de acuerdo con lo previsto en esta Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El Servicio Regional de Empleo abonará hasta el 80 por 100 de los costes laborales totales del Agente de Empleo y Desarrollo Local, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, con un máximo de 27.045,54 euros al año por cada contratación subvencionada.Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local, seleccionados de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 11 de esta Orden, serán contratados a tiempo completo por la Corporación Local o entidad dependiente o vinculada, mediante la modalidad contractual más adecuada, de acuerdo con la normativa vigente.
La subvención del Servicio Regional de Empleo por la contratación de cada Agente de Empleo y Desarrollo Local se concederá por un período de un año, pudiendo prorrogarse la misma por períodos anuales con un máximo de cuatro años, precisándose para esta contratación se realice por distinta Corporación Local o entidad dependiente o vinculada.
Cada año una nueva solicitud y concesión de subvención, conforme al procedimiento establecido en la correspondiente norma de regulación procedimental de subvenciones para las prórrogas.
Transcurrida dicha duración máxima de cuatro años, la contratación del mismo Agente de Empleo y Desarrollo Local, podrá ser subvencionada por el Servicio Regional de Empleo siempre que esta contratación se realice por distinta Corporación Local o entidad dependiente o vinculada.
Documentos asociados
Boletín:
26/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 22
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 22
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos. Descargar Documento