Subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo y se realiza su convocatoria para la anualidad 2025.

Código de ayuda:

S29355/25

Norma:

Orden 148/2025, de 8 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo y realizar la convocatoria para la anualidad 2025. La finalidad de estas subvenciones es ofrecer una experiencia profesional a las personas jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y a las personas mayores de 45 años inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en alguna de las oficinas de la Red Emplea de
Castilla-La Mancha, mediante la realización de un trabajo efectivo en un entorno real que mejore su empleabilidad y les permita una inserción laboral de calidad, en el marco de los proyectos que se desarrollen a tal efecto.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones será de 12.000 euros por cada persona contratada que se encuadre en los grupos de cotización 1 y 2 de la Seguridad Social y de 10.000 euros por cada persona contratada que se encuadre en el resto de grupos de cotización, sin que puedan subvencionarse más de cinco contrataciones por persona o entidad beneficiaria. En caso de que el contrato formativo tenga una duración inferior a un año, el importe de la subvención será proporcional a la duración del mismo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
a) Las entidades locales de Castilla-La Mancha y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas.
b) Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes.
c) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A los efectos de esta orden, se consideran subvencionables las contrataciones que permitan la obtención de una práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación cursados por la persona contratada, en los términos previstos en el artículo 7.2, y que se formalicen para el desarrollo de proyectos enmarcados en alguno de los siguientes sectores o actividades económicas:
a) Sector agroalimentario.
b) Sector turismo, cultura y patrimonio natural.
c) Sector de industria en transición y servicios auxiliares.
d) Sector aeronáutico.
e) Sector salud y calidad de vida.
f) Sector logística y movilidad inteligente.
g) Transformación digital.
h) Sostenibilidad y economía circular.
i) Talento y emprendimiento.
j) Internacionalización.
k) Planes de digitalización.
l) Otros proyectos que, ante todo, permitan ofrecer a las personas contratadas una oportunidad de empleo en un entorno laboral real y supongan una oportunidad de desarrollo en el territorio.

Documentos asociados

Boletín: 17/10/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 201
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento