Subvenciones para la contratacion de personas desempleadas que hayan agotado la prestacion por desempleo o el subsidio de paro, mediante planes de empleo a entidades locales.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S49091/11Norma:
RESOLUCIÓN EMO/2667/2011, de 7 de noviembre. ORDEN TRE/235/2009, de 8 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir la convocatoria para el 2011 para la concesión de subvenciones para la realización de planes de empleo para las entidades locales de las comarcas de Cataluña que en marzo de 2011 tenían una tasa de paro registral y/o un porcentaje de paro registrado de personas desempleadas sin ningún tipo de prestación o subsidio por paro por encima de la media de Cataluña de acuerdo con la Diagnosis para la estrategia catalana para el empleo 2012-2020.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Trabajo (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El salario bruto máximo a subvencionar incluida la prorrata de las pagas extraordinarias es:Grupo de cotización 10-11: máximo 931,89 euros.
Grupo de cotización 05-09: máximo 1.242,52 euros.
Grupo de cotización 01-04: máximo 1.863,78 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades locales de Cataluña siguientes:a) Los ayuntamientos y sus organismos y las entidades dependientes o vinculadas a éstas, con competencia en materia de empleo y desarrollo local, de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
b) Las entidades locales de ámbito supramunicipal con personalidad jurídica propia, y las entidades jurídicas de creación voluntaria de ámbito supramunicipal con participación mayoritaria por parte de administraciones públicas y competencias en políticas activas de empleo y promoción económica y desarrollo local, podrán participar en la convocatoria cuando soliciten proyectos que se desarrollen en los
municipios del grupo 1 de su comarca.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La realización de planes de empleo para las entidades locales de las comarcas de Cataluña que en marzo de 2011 tenían una tasa de paro registral y/o un porcentaje de paro registrado de personas desempleadas sin ningún tipo de prestación o subsidio por paro por encima de la media de Cataluña de acuerdo con la Diagnosis para la estrategia catalana.Requisitos:
a) E n el caso de empresas públicas o privadas con 50 trabajadores/as o más, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con disminución sobre el número total de trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración de los disminuidos, el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, el Decreto 246/2000,de 24 de julio.
b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social.
c) Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
d) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
e) No haber sido sancionados/as, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
f) Cumplir, en el caso de empresas con plantilla igual o superior a 25 personas, con medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional séptima de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, que modifica el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
g) Cumplir los requisitos específicos que se determinan en esta Orden.
h) Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlas.
Serán requisitos específicos de las entidades beneficiarias de las subvenciones
de planes de empleo y de la red de orientación para el empleo:
a) Tener capacidad técnica y de gestión y recursos materiales y humanos suficientes para la ejecución de los proyectos solicitados.
b) E n caso de entidades que hayan colaborado anteriormente en este programa, será necesaria la justificación del correcto desarrollo de los proyectos aprobados en los ejercicios anteriores y, si procede, el reintegro de las cantidades no justificadas.
Estos datos serán comprobados de oficio una vez presentada la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
14/05/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5379
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5379
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
14/11/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6004
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6004
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento