Subvenciones para la contratación de personal técnico para la realización de actividades de orientación laboral.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S11682/17

Norma:

ORDEN de 8 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de abril de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por finalidad el establecimiento de las bases reguladoras, así como la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas y subvenciones a las entidades que realicen acciones de orientación laboral para el empleo y asistencia para el autoempleo, articuladas en itinerarios personalizados para el empleo y dirigidas a mejorar las posibilidades de ocupación de las personas demandantes de empleo inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia, a través de la contratación de personal técnico de orientación laboral, en el ámbito de la colaboración de la Consellería de Economía, Empleo e Industria con las entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, como instrumento para promover la configuración de una red especializada en la mejora de la empleabilidad y ocupabilidad de las personas demandantes de empleo inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

25.000 euros por cada persona técnica de orientación laboral contratada a tiempo completo durante un período de 12 meses.

28.000 euros por cada persona técnica de orientación laboral contratada a tiempo completo durante un período de 12 meses, en el caso de entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus finalidades fundacionales y que se dediquen prioritaria y habitualmente a la realización de actividades de atención a discapacitados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

1. Las entidades locales o entidades públicas dependientes o vinculadas a una Administración local cuya titularidad corresponda íntegramente a la misma, siempre que por sí solas o asociadas entre ayuntamientos limítrofes tengan una media de paro registrado en el año 2016 superior a 500 personas, o formen parte de una agrupación que comprenda, cuando menos, a tres ayuntamientos limítrofes gallegos (o a dos en el caso de que uno de ellos proceda de la fusión de ayuntamientos).

En este caso, un mismo ayuntamiento no podrá presentar solicitud por sí sólo y en agrupación a través de convenio de colaboración o mancomunadamente con otros.

2. Las confederaciones y asociaciones empresariales y sindicales de Galicia, y las fundaciones dependientes de las anteriores con experiencia en la realización de acciones de información y orientación laboral.

3. Las entidades sin ánimo de lucro especializadas en atención a personas con discapacidad o en situación de exclusión social, que realicen acciones de orientación laboral de acuerdo con lo previsto en estas bases reguladoras y siempre que estén constituidas como centros colaboradores especiales de orientación, y consten como tales en la relación de entidades colaboradoras del Servicio Público de Empleo de Galicia o, en caso contrario, que justifiquen la existencia de un colectivo cuantificable de personas con discapacidad o en situación de exclusión social que atender.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Diagnóstico individualizado y elaboración del perfil ocupacional de la persona demandante de empleo: comprenderá la atención específica a ésta, con el objeto de identificar, con la participación y compromiso de la persona demandante, sus recursos para el empleo, compuestos por sus habilidades, competencias, formación y experiencia, sus intereses, sus circunstancias personales en relación con el acceso al empleo y las posibles oportunidades profesionales, así como otras variables relevantes para la elaboración de su perfil y su clasificación en función de su disponibilidad, de su ocupabilidad y de su empleabilidad y de la evolución a lo largo de su búsqueda activa de empleo.

b) Diseño del itinerario personalizado para el empleo: consistirá en la elaboración con la participación y el compromiso de la persona demandante, conforme a las metodologías y con las herramientas que en cada momento se determinen desde la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral, del proceso que se considere más adecuado para su acceso al empleo de acuerdo con su perfil, situación del mercado laboral en su ámbito de búsqueda, necesidades y expectativas, a través de criterios técnicos y estadísticos atendiendo a aspectos cuantitativos y cualitativos de relevancia objetiva, incluyendo las principales actuaciones acordadas y el calendario de realización pactado con la persona demandante, que deberá asumir un papel de protagonismo fundamental en todo el proceso, así como los elementos de verificación y seguimiento.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 58
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento