Subvenciones para la contratacion de bibliotecarios por entidades locales de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S52664/11

Norma:

Orden de 15/12/2011. Resolución de 26/12/2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar el programa de subvenciones para la contratación de bibliotecarios por entidades locales de Castilla-La Mancha para 2012. Comprenderá tanto nuevas contrataciones como mejora de las condiciones
de los contratos preexistentes y su mantenimiento, siempre que se produzcan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según línea de subvención (anexo I).


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Creación de nuevos puestos de trabajo de bibliotecarios (solo para casos donde exista uno previo).

- Opción 1.1: Nuevos puestos de bibliotecario, media jornada, Grupo C, C1.

- Opción 1.2: Nuevos puestos de bibliotecario, jornada completa, Grupo C, C1.

- Opción 1.3: Nuevos puestos de bibliotecario, jornada completa, Grupo A, A2.

b) Mejora de las condiciones del contrato de trabajo del bibliotecario.

- Opción 2.1: Conversión en fijo de un contrato existente de Grupo C, Subgrupo C1, media jornada.

- Opción 2.2: Conversión en fijo de un contrato existente de Grupo C, Subgrupo C1, jornada completa.

- Opción 2.3: Incremento a jornada completa de un contrato existente de Grupo C, Subgrupo C1 de media jornada, y conversión en fijo del mismo.

- Opción 2.4: Incremento a jornada completa de un contrato existente de un Grupo C, subgrupo C1 fijo.

- Opción 2.5: Conversión en fijo de un contrato existente de Grupo A, Subgrupo A2, jornada completa.

- Opción 2.6: Incremento de categoría a Grupo A, Subgrupo A2 de un contrato existente de Grupo C, Subgrupo C1, jornada completa, y conversión en fijo del mismo.

c) Mantenimiento del contrato de trabajo del bibliotecario.

Opción 3.1: Contrato de media jornada, Grupo C, C1.

Opción 3.2: Contrato de jornada completa, Grupo C, C1.

Opción 3.3: Contrato de jornada completa, Grupo A, A2.

Requisitos:

a) Disponer de una biblioteca, sala de lectura o biblioteca pública de doble uso en funcionamiento con personal cualificado, equipamiento y horario adecuado para dar un servicio de calidad, con las siguientes condiciones:

1º. Para bibliotecas públicas:

- Horario de apertura al público de al menos 15 horas semanales distribuidas en tres horas diarias en horario de tarde durante cinco días.

En el caso de que el bibliotecario esté contratado a jornada completa para prestar sus servicios en una sola biblioteca, el horario de apertura al público será, al menos, de 25 horas semanales distribuidas en cinco horas diarias durante cinco días. En este caso, el contrato de trabajo a jornada completa deberá corresponderse al menos, con una jornada laboral de 35 h./s.

En ambos casos, el resto del horario de trabajo tendrá como objeto las tareas de proceso técnico bibliotecario, de organización de actividades de fomento de la lectura y difusión de la misma.

2º. Para salas de lectura pública:

- El municipio debe tener una población inferior a 1.000 habitantes, excepto en el caso de bibliotecas sucursales.

- Horario de apertura al público de, al menos, seis horas semanales.

El bibliotecario contratado por media jornada podrá desarrollar su trabajo en un máximo de dos salas de lectura dependientes de uno o dos municipios mancomunados. En el caso de que el bibliotecario esté contratado por jornada completa, y en las mismas condiciones laborales antes descritas, podrá prestar servicios hasta en tres salas de lectura dependientes del mismo o de distintos municipios.

b) Tener automatizada la gestión de la biblioteca o sala de lectura y disponer de acceso a internet de uso público.

c) Haber cumplimentado las Estadísticas de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha, referido a 31 de diciembre de 2011. Las bibliotecas deberán grabar y validar los datos estadísticos antes del 1 de febrero de 2012 exclusivamente a través de internet en la siguiente dirección:

http://estadisticasdebibliotecas.jccm.es/login.asp.

Las Entidades Locales deberán cumplir además las siguientes condiciones según la modalidad solicitada:

a) Para la modalidad 1 (Creación de nuevos puestos de trabajo de bibliotecarios):

1º. Entidades locales de más de 10.000 habitantes en las que ya exista un bibliotecario dirigiendo este servicio público, con contrato de Grupo A, Subgrupo A2 o similar, con carácter fijo y jornada completa.

2º. Entidades locales de menos de 10.000 habitantes en las que ya exista un bibliotecario dirigiendo este servicio público, al menos, con contrato de Grupo C, Subgrupo C1 o similar, con carácter fijo y jornada completa.

3º. Entidades locales que deseen renovar las subvenciones recibidas, en esta modalidad, por alguna de las siguientes resoluciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural: 30 de junio de 2010 (DOCM nº 130 de 8 de julio de 2010) y 19 de junio de 2009 (DOCM nº 129 de 6 de julio de 2009).

4º. También podrán ser beneficiarios de esta subvención, y hasta un máximo de tres convocatorias en total, aquellos contratos que hayan recibido la subvención en años anteriores en esta modalidad aunque no sea de forma consecutiva, siempre y cuando se mantengan todas las condiciones de la presente convocatoria, especialmente las referidas al contrato de trabajo del bibliotecario.

b) Para la modalidad 2 (Mejora de las condiciones del contrato de trabajo del bibliotecario):

1º. Entidades locales que deseen mejorar las condiciones laborales de un contrato de trabajo preexistente de bibliotecario municipal según las opciones indicadas en la base segunda de esta convocatoria.

2º. También podrán solicitar cualquier opción de esta modalidad, las entidades locales que deseen renovar las subvenciones recibidas, por alguna de las siguientes resoluciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural: 30 de junio de 2010 (DOCM nº 130 de 8 de julio de 2010) y 19 de junio de 2009 (DOCM nº 129 de 6 de julio de 2009).

3º. También podrán ser beneficiarios de esta subvención, y hasta un máximo de tres convocatorias en total, aquellos contratos que hayan recibido la subvención en años anteriores en esta modalidad aunque no sea de forma consecutiva, siempre y cuando se mantengan todas las condiciones de la presente convocatoria, especialmente las referidas al contrato de trabajo del bibliotecario.

c) Para la modalidad 3 (Mantenimiento del contrato de trabajo del bibliotecario):

Entidades locales menores de 4.000 habitantes en las que ya exista un bibliotecario con contrato de Grupo A, Subgrupo A2 ó similar, o Grupo C, Subgrupo C1 ó similar y de carácter fijo.

Además de lo indicado anteriormente, las entidades deberán presentar con anterioridad a la propuesta provisional, una sola vez para todas las solicitudes de subvención en materia de bibliotecas, y sólo en el caso de que los datos hayan sufrido modificaciones con respecto a la información enviada en años anteriores, copia de los contratos de todos los bibliotecarios o cualquier otro tipo de personal que trabaje en la/s biblioteca/s o acuerdo municipal de iniciar convocatoria de provisión del puesto o los puestos, en su caso. Debe aparecer explícitamente el número de horas semanales de trabajo, la categoría laboral y el salario bruto anual percibido por cada uno de ellos.

Documentos asociados

Boletín: 26/12/2011
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 250
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/12/2011
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 250
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento