Subvenciones para la contratacion de agentes de empleo y desarrollo local en el ambito de colaboracion con las entidades locales.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S28119/13

Norma:

DECRETO 118/2013, de 9 de julio. ORDEN de 30 de agosto de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar parcialmente el coste derivado de la contratación por entidades locales aragonesas y entidades dependientes o vinculadas a las mismas de agentes de empleo y desarrollo local, en adelante AEDL, que colaboren en el desarrollo de proyectos que contribuyan a la promoción e implantación de políticas activas de empleo relacionadas con la creación y desarrollo de la actividad empresarial.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La concesión de las subvenciones previstas en esta orden queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario, adecuado y suficiente, en el momento de la resolución de concesión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón y las entidades dependientes o vinculadas a las mismas cuando tengan asignadas competencias en promoción de empleo y su titularidad corresponda íntegramente a dichas Corporaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El coste derivado de la contratación por entidades locales aragonesas y entidades dependientes o vinculadas a las mismas de agentes de empleo y desarrollo local, en adelante AEDL, que colaboren en el desarrollo de proyectos que contribuyan a la promoción e implantación de políticas activas de empleo relacionadas con la creación y desarrollo de la actividad empresarial.

Requisitos:

Junto al resto de requisitos contenidos en la presente norma, las entidades interesadas para obtener la condición de beneficiarias deberán tener aprobado un Plan anual de racionalización de gasto corriente que contendrá las medidas adoptadas en materia de ahorro del gasto en bienes corrientes y servicios y en materia de transferencias corrientes. Se excluye de esta obligación a los municipios de menos de 1.000 habitantes y a los que tengan aprobado o informado favorablemente por cualquier administración pública algún plan de los exigidos por la legislación vigente.

Documentos asociados

Boletín: 19/07/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 141
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/09/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 183
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento