Subvenciones para la contratación de Agentes de Desarrollo en Nuevas Tecnologías por las Mancomunidades de Municipios de Extremadura.
Código de ayuda:
S24719/04Norma:
Orden de 4 de octubre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/11/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones públicas en el ámbito de gestión del Servicio Extremeño Público de Empleo, para la contratación de Agentes de Desarrollo de las Nuevas Tecnologías (ADNT) por las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Será de hasta 24.000 euros por contratación formalizada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Mancomunidades de Municipios de Extremadura que se encuentren constituidas y elegidos sus órganos de representación, antes de la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los conceptos que se subvencionen serán los referidos a los costes salariales de la contratación (salario del trabajador y cotizaciones a la Seguridad Social).Los Agentes serán contratados a tiempo completo por la Mancomunidad, mediante la modalidad contractual más adecuada, de acuerdo con la normativa vigente.
Respecto a la actividad a realizar, se valorarán especialmente aquellas actuaciones encaminadas a fomentar entre las empresas la aplicación de las nuevas tecnologías en la intermediación laboral a través del SEXPE, utilizando, entre otras, herramientas como “CONTRATA”.
Requisitos:
a) No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por haber cometido infracciones muy graves de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.b) Que no se hayan visto incursas en expediente que haya determinado la revocación de las subvenciones previstas en el Decreto 140/2002, de 8 de octubre, por ocultación o falseamiento de datos.
Si dicha revocación fue determinada por cualquier otro motivo de incumplimiento que afectara al expediente de su razón, podrá ser excluida hasta un plazo de doce meses anteriores a la contratación objeto de beneficios.
c) Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
19/10/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 121
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 121
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