Subvenciones para la consolidación y fortalecimiento de Organizaciones No Gubernamentales de Cooperación para el Desarrollo con domicilio social en Galicia.
Código de ayuda:
S19519/06Norma:
Resolución de 7 de junio de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/07/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación de la concesión de subvenciones para la consolidación y fortalecimiento de organizaciones no gubernamentales de cooperación para el desarrollo con domicilio social en Galicia.El fin último de la convocatoria es completar en Galicia el máximo de fases posibles del ciclo de la cooperación (identificación, gestión, evaluación, promoción actividades propias) con la máxima garantía de eficiencia y calidad.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones no gubernamentales de cooperación para el desarrollo con domicilio social en Galicia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
En el caso de proyectos presentados por una ONGD:- Formación técnica de personal, de socios/as y de voluntarios/as, a través de la realización de seminarios,
talleres internos, incluyendo el material didáctico consumible y los honorarios y ayudas de coste del profesorado.
Se primará la formación que verse sobre: gestión de ONGD, aspectos técnicos de las diferentes fases de un proyecto de desarrollo; ética de la cooperación; sistema autonómico, estatal e internacional de cooperación para el desarrollo; aspectos generales de economía mundial y su repercusión en los países del sur; talleres sobre aspectos transversales de la cooperación para el desarrollo: género, medio ambiente; gestión de la ayuda humanitaria.
- Estudios de viabilidad, fortalecimiento de la organización, mejora de la calidad y otros de naturaleza análoga, como la realización de planes estratégicos, incluyendo los gastos de contratación de personal experto correspondientes al salario actual, costes de seguridad social y otros (en este caso hasta un máximo
del 80% de la subvención concedida).
- Campañas de captación de socios y voluntarios (las campañas deberán respetar los códigos de conducta y de imágenes propios del sector y estar avalados por sus organizaciones más representativas, Coordinadora Gallega de ONGD y Coordinadora de ONGD-España).
En el caso de proyectos presentados en consorcio, además de las anteriores, serán subvencionables las siguientes actividades:
- Alquiler de locales en la Comunidad Autónoma de Galicia, que vayan a ser utilizados como sede del consorcio.
- Contratación de personal técnico para la dinamización del consorcio y las ONGD integrantes del mismo.
- Material de oficina (hasta un máximo del 5% de la subvención concedida).
- Adaptación y reforma de páginas web del consorcio que deberá estar en idioma gallego, sin menoscabo de versiones totales o parciales en castellano u otros idiomas.
En ningún caso se subvencionarán gastos de capital como adquisición de equipos o materiales no fungibles.
Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación al Desarrollo.b) Carecer de ánimo de lucro.
c) Tener su domicilio social en Galicia.
d) Haber justificado, en su caso, y antes de la finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria, las ayudas recibidas por parte de la Xunta de Galicia a otros proyectos en materia de consolidación y fortalecimiento, así como de cooperación al desarrollo subvencionados anteriormente.
Asimismo, en los supuestos en los que hubiese recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro sobre los beneficiarios/as de ayudas económicas, deberá de haberse efectuado el correspondiente ingreso.
e) No estar inhabilitadas, administrativa o judicialmente, para obtener ayudas.
f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, sociales y fiscales y no estar incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador con la Xunta de Galicia sobre ayudas, así como no mantener deuda alguna por cualquier concepto con la Hacienda autonómica.
Documentos asociados
Boletín:
20/06/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 117
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 117
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento