Subvenciones para la adquisición de ayudas técnicas dirigidas a las personas que tengan reconocida la situación de dependencia para el año 2010.
Código de ayuda:
S00737/10Norma:
ORDEN de 16 de diciembre de 2009.Plazo de Solicitud:
A lo largo de todo el añoFinalidad u objetivo de la ayuda:
Realizar la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concesión directa, de las subvenciones para la financiación de la adquisición de ayudas técnicas o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria de las personas que tengan reconocida la situación de dependencia conforme a lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la AutonomíaPersonal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, con cargo a los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma para 2010.
Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Sanidad y Dependencia (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones de importe igual o inferior a 600 euros serán abonadas íntegramente, una vez recaída resolución favorable.Las subvenciones por importe superior a 600 euros serán abonadas fraccionadamente, siendo la forma de pago la que se determina a continuación:
a) A la firma de la resolución por la que se concede la subvención se abonará el 50% de la misma.
b) El 50% restante de la subvención se abonará una vez se haya justificado documentalmente por los beneficiarios que los gastos y pagos realizados en la ejecución de la actividad subvencionada superan la cantidad inicialmente aportada por la Consejería de Sanidad y Dependencia.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Serán requisitos imprescindibles para obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas:a) Tener reconocida la condición de persona en situación de dependencia en Grado III, Gran Dependencia, Niveles 1 y 2, o en Grado II, Dependencia Severa, Niveles 1 y 2, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
b) Haberse determinado en su Programa Individual de Atención la necesidad de ayudas técnicas o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria.
c) Estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
18/03/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 54
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 54
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
04/01/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 1
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 1
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento