Subvenciones para la adquisicion de ayudas tecnicas dirigidas a las personas que tengan reconocida la situacion de dependencia, para el año 2009.

Código de ayuda:

S77991/08

Norma:

ORDEN de 17 de diciembre de 2008. DECRETO 39/2008, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

A lo largo de todo el año, mientras esté en vigor la convocatoria de estas subvenciones.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es realizar la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concesión directa, de las subvenciones para la financiación de la adquisición de ayudas técnicas o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria de las personas que tengan reconocida la situación de dependencia conforme a lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2009.

Categorías Subvención

    Localización del organismo gestor

    Extremadura

    Convoca:

    Consejería de Sanidad y Dependencia (Extremadura)

    ¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

    La financiación por parte de la Consejería de Sanidad y Dependencia de las subvenciones convocadas a través de la presente Orden, tendrá como límite la cantidad destinada a estos efectos en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2009, por un importe total de 600.000 euros, en la aplicación presupuestaria 18.02.313D.480.00, código de proyecto 1008.18.002.0002.00; sin perjuicio del incremento crediticio que pueda realizarse a lo largo del ejercicio presupuestario, mediante Resolución
    de la Consejera de Sanidad y Dependencia.

    Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    • Particulares / Personas físicas

    Detalle beneficiarios:

    a) Tener reconocida la condición de persona en situación de dependencia en Grado III, Gran Dependencia, Niveles 1 y 2, o en Grado II, Dependencia Severa, Niveles 1 y 2, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

    b) Haberse determinado en su Programa Individual de Atención la necesidad de ayudas técnicas o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria.

    c) Estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Documentos asociados

    Boletín: 18/03/2008
    DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 54
    Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
    Boletín: 30/12/2008
    DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 251
    Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento