Subvenciones para la adaptacion de vehiculos de las categorias M2 y M3 (mas de nueve plazas) destinados al servicio publico interurbano de transporte de viajeros - Convocatoria 2009.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S27428/08

Norma:

Resolucion de 28 de marzo de 2008. Resolucion de 24 de febrero de 2009. Resolución de 21 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder, conforme a las disponibilidades presupuestarias, ayudas para la adaptación de vehículos nuevos así como para la reforma de los ya existentes o para la compra de vehículos usados adaptados de las categorías M2 y M3 (de más de nueve plazas), que se dediquen a la realización de servicios interurbanos de transportes de viajeros, y reúnan las características de accesibilidad definidas en esta Resolución.

Categorías Subvención

  • Otras
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria podrán alcanzar como máximo el 50% del coste de la inversión que se realice.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros en vehículos de las categorías M2 y M3, de más de nueve plazas (vD) domiciliadas en el Principado de Asturias, debiendo coincidir la titularidad de la autorización con el permiso de circulación del vehículo para el que se solicita la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En el caso de adquisición de vehículos nuevos adaptados será únicamente subvencionable el coste de la adaptación del vehículo a la normativa que más abajo se señala.

En el caso de adquisición de vehículos usados adaptados el importe a subvencionar será equivalente al porcentaje que representó el coste de la adaptación sobre el coste total del vehículo cuando fue adquirido por el primer propietario del vehículo (si el coste de la primera adaptación supuso el 10% del precio total, el importe a subvencionar será el 10% del precio de adquisición del actual propietario).

Serán subvencionables las actuaciones realizadas durante el período que se indique en cada convocatoria anual. No se considerará subvencionable el IvA soportado.
Siendo el procedimiento de concesión el de concurrencia competitiva, excepcionalmente en este caso será el de prorrateo al solo tenerse en cuenta para la concesión de las mismas el coste subvencionable de la adaptación de los vehículos.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/03/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 64
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 16/07/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 164
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento