Subvenciones para la adaptación a la normativa de accesibilidad de los centros de prestación de servicios sociales a las personas con discapacidad.
Código de ayuda:
S15073/05Norma:
Orden de 1 de abril de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación, para el ejercicio de 2005, de la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la financiaciónde inversiones para el establecimiento de ayudas económicas para adecuar sus instalaciones a las condiciones de accesibilidad fijadas en la Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia y en el Decreto 35/2000, de 28 de enero, de desarrollo, con la finalidad de incrementar la calidad de los servicios asistenciales que se prestan en ellos.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda económica que se conceda podrá alcanzar como máximo el 90% del total del presupuesto presentado, en función de las solicitudes y de la disponibilidad de crédito, sin que en ningún caso pueda implicar duplicidad, de forma que la suma de lasayudas concedidas para la misma finalidad por todo tipo de organismos públicos o privados no podrá superar el 100% del importe total del gasto efectuado.
La aportación de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado no será superior a 12.000 euros para un mismo centro.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades de iniciativa social prestadoras de servicios sociales en el área de atención a las personas con discapacidad para personas mayores de 18 años, que tengan firmado convenio de colaboración para mantenimiento de plazas en centro o concierto de reserva y ocupación de plazas con la administración autonómica, y que cumplan, en el momento de la presentación de la solicitud, los requisitos siguientes:a) Carecer de fines de lucro.
b) Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales.
c) No estar incursa en procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o sancionadoras en materia de ayudas públicas.
d) Poseer la titularidad, la cesión o la disponibilidad de los terrenos, centros, o espacios en los que se realizará la actividad inversora.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Mejoras en los accesos y eliminación de obstáculos arquitectónicos existentes en los diferentes itinerarios del inmueble.b) Obras de realización o de mejora de rampas y escaleras con el objetivo de hacerlas adaptadas o practicables.
c) Obras de mejora en dormitorios, vestuarios, aseos, ampliación de los anchos de pasillos u otros espacios, con el objetivo de convertirlos en adaptados.
d) Instalación de cabinas de ascensores adaptados o sustitución de las existentes por otras de dimensiones y elementos adaptados.
e) Mejoras en las instalaciones con el objeto de favorecer su uso autónomo y cómodo y eliminar riesgos.
f) Otras obras que faciliten la eliminación de barreras en los centros y en las instalaciones anexas.
Documentos asociados
Boletín:
08/04/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento