Subvenciones para la Contratación de Jóvenes Desempleados en posesión del Título Universitario, de Formación Profesional de Grado Medio o Superior, o titulación equivalente dentro del denominado Programa ACTIVUS.

Código de ayuda:

S44991/05

Norma:

Sesión de 15 de junio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones de concesión de ayudas promovidas por la Diputación de Córdoba y gestionadas por el Consorcio Provincial de Desarrollo Económico con objeto de favorecer la incorporación, mediante contrato de trabajo, de jóvenes (que estén en posesión del título universitario o de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional), a las empresas cordobesas y demás entidades beneficiarias.

El Programa ACTIVUS, mantiene su objetivo de ofrecer una primera oportunidad a jóvenes que estén en posesión del título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional, y por tanto se encuentran preparados en cuanto conocimientos pero carecen de una experiencia práctica que les permita intervenir de manera competitiva en el mercado de trabajo, colaborando al mismo tiempo a mejorar la gestión de las entidades promotoras. mediante la incorporación de personal cualificado para el desarrollo tecnológico y técnico que permita la modernización de la empresa y sociedad cordobesa.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Diputación Provincial de Córdoba (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será del 50% del coste total anual de contratación con unos máximos de 12.800 euros al año para el caso de Titulados/as Superiores, y de 11.000 euros para el resto.

El importe de las ayudas no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o de otras entidades públicas o privadas, supere el coste de la actividad a desarrollar por los/as beneficiarios/as.

Estas ayudas sólo podrán cubrir una contratación por cada entidad solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Se consideran beneficiarios/as del siguiente programa las siguientes entidades:
a) Empresas privadas (Pymes).
b) Entidades sin ánimo de lucro.
c) Entidades Locales.
d) Empresas o Entidades con participación mayoritaria directa o indirecta de las Administraciones Públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación laboral por un mínimo de un año de jóvenes (que estén en posesión del título universitario o de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional), asociada a un proyecto vinculado a la actividad productiva de la empresa o entidad.

Los proyectos deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Los proyectos o actuaciones no podrán estar iniciados antes de la fecha de publicación de las presentes Bases en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
b) La duración de la actuación deberá tener una duración mínima de 1 año.
c) La aportación mínima del beneficiario será del 50% del coste subvencionable.

Requisitos:

Los beneficiarios/as deberán estar radicados y desarrollar su actividad Córdoba capital y/o provincia.

En el caso que el beneficario/a sea una pequeña o mediana empresa, se extenderá como tal la empresa que emplee a menos de 250 personas, cuyo volumen de negocio no exceda de 40 millones de euros o cuyo balance general no exceda de 27 millones de euros y cumpla el criterio de independencia. Todo ello de acuerdo con lo que establece la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas (DOCE L107 de 30 de abril de 1996), o en la normativa vigente que resulte de su aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2005
BO Provincia de Córdoba- Nº 144
Documento: Bases Reguladoras y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 05/09/2005
BO Provincia de Córdoba- Nº 151
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento