Subvenciones para inversiones que potencien los efectos positivos en el medio ambiente, la eficiencia de los recursos y la reducción del uso de agua y químicos, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP).- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S38046/16

Norma:

ORDEN de 13 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, con el fin de fomentar una acuicultura sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva:

a) Inversiones en reducción del impacto negativo o potenciación de los efectos positivos en el medio ambiente, e incremento de la eficiencia energética.

b) Inversiones que den como resultado una reducción considerable del impacto de las empresas acuícolas en la utilización y calidad del agua, en particular disminuyendo la cantidad de agua, productos químicos, antibióticos y otros medicamentos utilizados, o mejorando la calidad del caudal de salida, incluso a través del desarrollo de sistemas acuícolas multitróficos.

c) Promover sistemas acuícolas en circuito cerrado, en los que los productos de la acuicultura se crían dentro de unos sistemas de recirculación en circuito cerrado, reduciendo así a un mínimo el consumo de agua.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes máximos de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderán
a 3.500.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las empresas acuícolas.

A los efectos de esta orden se consideran empresas acuícolas a las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de acuicultura situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como las que establezcan nuevos centros en Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento