Subvenciones para inversiones productivas en acuicultura cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S38028/16

Norma:

ORDEN de 13 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, a fin de fomentar una acuicultura sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva:

a) Inversiones productivas en la acuicultura.

b) Diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.

c) Modernizar los centros acuícolas.

d) Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los depredadores salvajes.

e) Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.

f) Recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.

g) Diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes máximos de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderán
a 8.000.000 de euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las empresas acuícolas.

A efectos de esta orden, se considera empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de acuicultura situados en las zonas terrestre, marítimoterrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como las que establezcan nuevos centros en Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento