Subvenciones para inversiones para la mejora de la competitividad en materia de artesanía de Mallorca para el año 2019.

Código de ayuda:

S29900/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es el fomento de la actividad artesanal de Mallorca mediante el otorgamiento de ayudas a proyectos, programas y actividades desarrollados entre el 6 de septiembre 2018 y el 5 de septiembre 2019.

Categorías Subvención

  • Artesanía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

-Empresas, comunidades de bienes, autónomos y los trabajadores asalariados que encuadren su actividad económica dentro del sector de la artesanía de Mallorca. Las empresas y las comunidades de bienes del sector de la artesanía deben estar en posesión del documento de calificación artesanal por empresas (DQA), en vigor, acreditando también el maestro artesano responsable de la producción. Los empresarios autónomos deben disponer de la Carta de Artesano (CA) en vigor, y/o la Carta de Maestro Artesano
(CMA) en vigor. Excepcionalmente, las personas y/o entidades indicadas, aunque no tengan estos distintivos, podrán ser beneficiarios de la convocatoria, si disponen del documento administrativo "pendiente visita", expedido por lo menos 1 mes contado desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

-Asociaciones. Las asociaciones deben estar inscritas en el registro correspondiente y deben tener un mínimo de 5 asociados en posesión de una acreditación artesana o si disponen del documento administrativo "pendiente visita", expedido por lo menos 1 mes contado desde la publicación de el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Inversiones en adquisición de inmovilizado para mejorar las aulas y talleres de formación, el proceso de producción y / o la venta y comercialización del producto artesano (bienes de equipo, maquinaria, utillaje y mobiliario).

- Inversiones en instalaciones para mejorar las aulas y talleres de formación, el proceso de producción, la venta y comercialización del producto artesano.

- Inversión en adaptación de los talleres a la normativa de obligado cumplimiento para el proceso de producción.

- Creación y modificación de páginas web referidas a su acreditación artesanal.

- Adquisición de equipamiento informático, sistemas operativos y desarrollo de aplicaciones informáticas, siempre que vaya destinado directamente al ejercicio de la actividad artesanal para la que se le concedió la carta o el documento "pendiente visita", expedido como mínimo 1 mes anterior a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de las Islas Baleares y, que no se haya concedido otra subvención por el mismo equipamiento en los últimos 3 años.

- Los bienes que se han adquirido, construido, rehabilitado o mejorado, del todo o en parte, mediante la ayuda, deben destinarse a la finalidad concreta para la que se concedió la subvención durante un plazo no inferior a cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público y dos años en el caso de bienes muebles.

Documentos asociados

Boletín: 11/05/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 64
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 11/05/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 64
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento